No se a que se refiere muy bien nuestro amigo elton1.
Pero por si me llama ignorante o mentiroso aqui se puede comprobar lo que digo:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actuaciones_FA&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1109265444717&language=es&cid=1114196173971&pv=1132042776949 Y dice literalmente:
Por nacimiento o adopción de hijos
La Comunidad de Madrid aplica distintos beneficios fiscales para paliar los gastos que generan el nacimiento o la adopción de hijos.
- Primer hijo: 600 euros
- Segundo hijo: 750 euros
- Tercer hijo y sucesivos: 900 euros
- Partos/adopciones múltiples: 600 euros adicionales
De esta manera, por el nacimiento de gemelos, una familia podría deducirse un mínimo de 2.550 euros en su Declaración de la Renta.
Requisitos
* Para poder acogerse a esta deducción, la base imponible en el IRPF no deberá superar los 25.620 € en declaración individual y los 36.200 € en declaración conjunta.
Por cierto, tambien podeis llamar a la Direccion General de Tributos de la CAM 901 505060 donde os lo aclararan.
Vamos un timo lo de la Sra. Aguirre. Estoy y sigo indignado.