Hola Treson, supongo que te refieres al desembolso que has de realizar en caso de
NO subrogarte, es decir, cancelación de la hipoteca que actualmente tiene Hercesa y apertura de una nueva con otra entidad bancaria.
Pues bien, aparte de los gastos registrales de cancelación que como ya se ha dicho en el foro pueden oscilar entre los 600-900 euros (posteriormente pueden reclamarse a Hercesa puesto que por ley les corresponde pagarlos a ellos), debes que abonar los gastos notariales y registrales de apertura de la nueva hipoteca (en el entorno de 500-1000 euros para hacerte una idea) y, lo que es más importante, liquidar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados que grava la constitución de la hipoteca nueva.
Este impuesto es un porcentaje (variable en la Comunidad de Madrid entre el 0,4% 0,5% ó 1% según el caso) sobre la responsabilidad hipotecaria, cantidad que depende del cálculo que realice el banco y del precio actual del dinero, pero que está entorno a 1´5 veces el importe de la hipoteca que vas a solicitar. Un ejemplo sacado de un caso real:
.- PRINCIPAL (hipoteca que se solicita): 102.172 €
.- INTERESES ORDINARIOS: 11.003,92 €
.- INTERESES MORATORIOS: 19.412,68 €
.- COSTAS Y GASTOS: 12.260,64 €
TOTAL RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA: 144.849,24 €
Sobre el porcentaje a aplicar que te comentaba antes, en la Comunidad de Madrid éste depende del importe de la responsabilidad hipotecaria, pero para los casos más normales es del 1% (cuando este importe es superior a los 180.000 euros).
Éste es el formulario que se ha de presentar en la Consejería de Hacienda de la CAM, y en la página 5 tienes lo que he comentado:
Constitución de hipoteca en garantía de préstamo para la adquisición de vivienda cuando el prestatario
sea persona física y cuando el valor real del derecho que se constituya sea superior a 180.000 € - Tipo 1,0% http://gestiona.madrid.org/i012_impresos/run/j/VerImpreso.icm?CDIMPRESO=MOD601 Resumiendo, para una hipoteca de 200.000 euros hay que pagar 3.000 en concepto de IAJD. Una clavada