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artes1964
artes1964
09/12/2003 15:37

Clausulas abusivas

¿Cuáles son las cláusulas más preocupantes en un contrato de préstamo hipotecario?

1.417 lecturas | 2 respuestas
Esto me ha remitido una persona que tiene cierto conocimiento sobre el tema de contratos:

Dudas:
Página 3, punto II: ¿Es normal que la superficie que se establezca sea "aproximada"?.

Página 5, claúsula SEGUNDA: Las condiciones del préstamo son un poco salvajes. EURIBOR + 0,90 ; Comisión de subrogación 0,25% ; Comisión de cancelación 1%. Y parece que no tiene más narices que subrogarse (Todo esto está un poco fuera de mercado).

Página 6, claúsula TERCERA: Si inclumple el plazo de entrega la vendedora el comprador puede rescindir el contrato, si lo solicita en el plazo de 10 días, y pedir las cantidades más los intereses de demora. Cláusula CUARTA: Si incumple el plazo de pago el comprador, la vendedora puede rescindir el contrato, y retiene el 30% de las cantidades que debieran haberse percibido hasta el momento, y en el plazo de 5 días desde el requerimiento notarial dispone de la casa para la venta!!!. ¡Qué fuerte!.

Cláusula DÉCIMA: El comprador otorga plenos poderes para modificar la escritura lo que fuere necesario. No sé si esto es normal.

Un saludo
 
T
Thrawn
09/12/2003 23:27
Respecto a la comisión de cancelación el tío con el que firmé me dijo que actualmente estaba alrededor del 0,50 (si bien es cierto que en algunos sitios no te cobran nada). Las condiciones hacen referencia al máximo, pero hasta que no llegue la fecha de la entrega de llaves no se puede saber cuales serán las cantidades.
 
R
rheuro
09/12/2003 16:32
punto 1: es normal que la superficie sea aproximada. Se compra como "cuerpo cierto", es decir, compras sobre plano lo que te ponen a escala. La diferencia no debe ser apreciable. Es decir, en parcelas la diferencia entre plano y realidad no debe ser superior al 1-2%. En contrucción debe ser exacta.
punto 2: las condiciones que ponen son las máximas. Es decir, si te ponen euribor + 0,90, puede ser + 0,75, pero no más. Generalmente las promotoras negocian unas condiciones particulares con el banco, y otras diferentes en la subrogación. Somos libres de pedir la financiación con otro banco, si bien la cancelación del 1% es muy duro (es lo máximo que marca la ley hipotecaria, si bien en subrogaciones hay sentencias que prohiben cobrar por cambiar de entidad financiera).
punto 3:lo he comentado anteriormente.En caso de demostrar que no se pueden hacer frente a los pagos (separación, pérdida de empleo) se puede recuperar el 100% de lo entregado, previa reunión con responsable de hercesa.
punto 4:esto es ilegal a todas luces, como las lentejas
 

Fin del hilo
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