Yo propongo lo siguiente, como decía aquel, tan sencillo como copiar lo que funciona en otros países.
“En el caso de que tu mascota sea un perro debes saber que es obligatorio inscribirlo en el ayuntamiento. Además, los dueños de perros deben pagar un impuesto especial, que asciende a unos 100 € - cantidad que sube considerablemente si tu perro es de una raza considerada peligrosa - Existen, sin embargo, algunas excepciones; no deberán pagar este impuesto aquellos dueños de perros que atiendan a uno de los siguientes ítems:
Seguridad pública.
Funcionarios forestales.
Perros guía para invidentes.
Perros de ayuda para personas discapacitadas.
Perros pastores para labores de campo.
Por otro lado, en función del tipo de perro que tengas tendrás que cumplir una serie de normas además de una serie de reglas comunes a todos los perros que incluyen la posibilidad de que el perro pueda ir suelto pero bajo supervisión en zonas verdes especialmente habilitadas para este fin, la obligación de recogida y limpieza de los excrementos del animal y la prohibición de entrar con un perro en un cementerio – a excepción de los perros guía.
Microchip y la disposición de la cartilla de vacunación al día.
En cuanto a los perros pequeños, aquellos que no miden más de 40 cm (parte más alta del lomo del animal con respecto al suelo) y pesan menos de 20 kilos, se exige el uso de correa en las zonas peatonales, comerciales, plazas y calles habilitadas para el transporte público, parques o jardines o zonas verdes en general, festivales o eventos de carácter público, edificios públicos, escuelas o guarderías.
Por otro lado, los perros grandes, aquellos que miden más de 40 cm (parte más alta del lomo del animal con respecto al suelo) o pesan más de 20 kilos, siempre y cuando no sean considerados de raza peligrosa, además de la correa en las zonas especificadas para los perros pequeños necesitarán:
Una prueba de conocimientos: un certificado sellado por algún organismo competente. (para el dueño del perro)
Una prueba de comportamiento: la autoridad competente es la única que puede exigir y realizar dicha prueba. (del perro)
Seguro de responsabilidad civil: debe cubrir un mínimo de 500.000 € de daños personales y 250.000 € de daños no personales.
Por último, los perros de razas peligrosas son aquellos que miden más de 40 cm (parte más alta del lomo del animal con respecto al suelo) o pesan más de 20 kilos y son considerados de raza peligrosa, lo cual puede variar de una Estado a otro pero entre los que suele encontrarse los siguientes: Pit Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Staffordshire Bull Terrier, Bull Terrier, Alano, American Bulldog, Bullmastiff, Mastín Inglés, Mastín Español, Mastín Napolitano, Fila Brasileiro, Dogo Argentino, Rottweiler y Tosa Inu. Esta clase debe cumplir con las siguientes normas:
Licencia: es necesario obtener una licencia especial para la tenencia de perros de raza peligrosa.
Prueba de conocimientos: un certificado sellado por algún organismo competente.
Prueba de comportamiento: la autoridad competente es la única que puede exigir y realizar dicha prueba.
Seguro de responsabilidad civil: debe cubrir un mínimo de 500.000 € de daños personales y 250.000 € de daños no personales.
Bozal: a partir de los 6 meses de edad.
Correa: obligatoria siempre.
El incumplimiento de cualquiera de estas normas puede ser sancionado con cuantiosas multas.
Por otra parte, también debes saber que hay muchas facilidades para los dueños de perros, por ejemplo pueden subir en el transporte público y son aceptados en locales y tiendas o incluso en zonas preparadas de la playa, además hay muchas escuelas y guarderías para perros donde podrás dejarlo cuando estés de viaje o incluso en el trabajo. Además los propios ayuntamientos suelen ofertar cursos muy económicos para ayudarte a educar a tu perro”