Buenos días, siento contradecir a los de Little Friends pero soy una vecina del PAU que llevo muchísimos años dirigiendo Escuelas Infantiles (actualmente tengo 5), y hay temas que ha tocado que resultan algo "extraños". En primer lugar, si no hay licencia de ocupación y se está en obras con los últimos retoques no se puede proceder a su apertura.En segundo lugar, la licencia de actividad para una guardería se la tiene que dar el ayuntamiento y luego la inspección educativa. estas licencias suelen tardar de seis meses hasta el año una vez que se finalizan las obras, y es, en ese momento donde se puede empezar a funcionar. Sé muy bien lo que supone en inversión, dedicación y esfuerzo este tipo de negocios, pero hay que ir con la legalidad por delante. Además tengo una duda, ¿qué queréis decir por centro subvencionado?:
- que está concertado, imposible, no es enseñanza obligatoria
- que dais las ayudas de la CCMM: vamos a ver, estas ayudas no las dáis vosotros. Como centro legal que debéis ser si estáis abiertos, deberéis tener un código de centro al que cualuier persona puede acceder dentro de la página
www.madrid.org, registro de centros. Así, si cualquier padre os presenta los papeles necesarios que aparecen también en esa web, vosotros podréis rellenar esa solicitud en la parte de datos del centro, pero nada más, La resolución la toma la CCMM y no vosotros. Entonces, ¿podríais explicar a todos los padres del foro qué queréis decir respecto a esto?. Si cumplis toda la legalidad, yo misma os ayudaré, ya que sé lo que supone todo comienzo.
- por último, ¿os dejan de verdad utilizar un patio de uso privativo y disfrute de una comunidad como zona de recreo durante unas horas y que en otras horas y días pertenezca a la comunidad?, me `parece extraño, por eso pregunto.
Yo os animo desde aquí a que seáis claros en la información, yo os la pido con todo el respeto y debéis entender que antes de dejar a cualquier hijo, todo debe parecer adecuado. Gracias