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iluv
14/09/2006 10:49

COMPRA VPP POR 2 PERSONAS, PERO SOLO A NOMBRE 1

2.211 lecturas | 12 respuestas
Hola buenas, supongo que alguno más se encontrará en esta situación. Desde que entramos en la coop. el sueldo nos lo han ido subiendo, y resulta que ahora por muy poco nos pasamos del límite dado por la Cdad de Madrid para adquirir este tipo de viviendas. Lo vamos a dejar a nombre de uno solo pero claro, ¿sabeis que tendremos que hacer,(documento, carta...) para que si en algún momento surgiera algún "problema" o "catastrofe", la persona que no está en la escritura no se quede en la calle? Gracias
 
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I
iluv
17/09/2006 17:32
por lo que veo... la renta que cuenta para ver el límite, es la suma de la casilla 476 y 479 de la declaración, no?
si es así creo que voy a tener suerte y no me paso... ¿Podeis confirmarmelo, please?
 
O
Otis tarda
15/09/2006 21:49
Lo prometido es deuda, en www.madrid.org podeis encontrar tanto los precios máximos de venta de viviendas de sujetas a regímenes de protección pública y las cuantías de las bases imponibles equivalentes a ingresos familiares en número de veces el salario mínimo interprofesional (SMI).

Bueno, una vez dentro de la página de madrid.org, tenéis q acceder al Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y allí tenéis q buscar el boletín nº 70 del martes 23 de marzo de 2004, la información que os interesa es:

Orden 496/2004, de 16 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen los precios máximos de venta de las viviendas protegidas.

Espero haberos ayudado, un saludo para todos.
 
P
pitadel
15/09/2006 14:02
En Madrid.org hay unas tablas para calcular si puedes acceder o no. Creo que están tambien en descargas.

 
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Otis tarda
15/09/2006 13:47
Buenas,

Veo q todos estamos en la misma situación, hace 5 años el sueldo era bien distinto. Tengo en casa copia de la resolución en la que aparecen las cantidades q no se deben sobrepasar para poder optar a viviendas protegidas de menos de 110 m2 y para las de más de 110 m2, en cuanto llegue esta noche a casa lo miro y pongo aquí los datos del boletín oficial de la comunidad de madrid donde aparece publicado. Me imagino q para todo el mundo no es igual pq he visto q hay gente q les aplican lo del 2003, en mi caso me van a pedir la declaración de la renta del 2005, por lo tanto estos son los datos q tengo. Normalmente lo que miran es lo q ganas bruto al año.
 
P
parla
14/09/2006 23:39
Y alquien sabe decirnos exactamente cual es el limite que no nos debemos pasar, y a que casilla corresponde de la declaracion de la renta
 
P
pitadel
14/09/2006 17:11
Antes, los pisos de VPO, se podían vender sin problema, la comunidad de madrid te fijaba un precio máximo y tu lo vendias a quien quisieses, pero como todo el mundo pedía dinero negro para venderlo a precio de mercado, la CAM se quiere asegurar de que nadie especula.

Por ejemplo, hay gente en Fuenlabrada que compró pisos en Loranca por 6-8-10 millones de pesetas máximo y ahora los están vendiendo por 50 millones. La comunidad de Madrid dice que su precio son 25 y el resto en negro.

Esto lo evita la CAM reservandose el decho de tanteo, es decir, si tu vendes tu piso primero se lo ofreces a la CAM que seguro que no te va a dar dinero negro y no te va a pagar ni las mejoras que hayas hecho. Pero si tu le vendes el 50% del piso a tu novio o pasas el piso a la sociedad de gananciales ( en caso de que te cases) a la CAM le da igual, pues tu no estas especulando con el piso y encima le vas a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales de ese 50%, con lo cual la solución es:

Se pone el piso anombre de uno y que este pase la calificación definitiva. A partir de aqui el piso es de él a todos los efectos, pues este es el que escritura, etc. Despues se vende el 50% a la pareja o si os casais se pasa la vivienda a la sociedad de gananciales que constituyais y la CAM no ejercerá el derecho de tanteo, pues no vais a transmitir el 100% de la vivienda y por lo tanto no vais a especular.

Lo ideal sería que en vuestra cooperativa os permitiesen escriturar a los dos juntos, pero por miedo a sanciones administrativas, etc no os van a permitir escriturar mas que a los que paseis la calificación definitiva.

En fin, trabajando mas horas que un reloj para mejorar y encima trabajando los dos y despues de esperar 5 años a que te hagan un piso, van y cuando te das cuenta NO TIENES DERECHO. Pero bueno, si hace 5 años estaba en el puto PARO y no podia ni ir al cine. NO ME JODAS. Y encima vas a la calle Maudes a Preguntar y les cuentas tu problema y les dices que si pueden escriturar los dos y te dicen que eso es ilegal.

Nada nada, pues alomejor ya lo que nos faltaba es que nos metieran en la carcel por llevar 5 años esperando a que nos den un piso y haber mejorado profesionalmente.

Despues de toda esta brasa, lo que quiero decir es que lo que se debería mirar es la situación del año 2002, cuando realmente comienza la inversión. Seguro que habia muy poca gente que se pasaba de ingresos.

Ya queda poco.
 
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iluv
14/09/2006 15:17
a nosotros también nos han pedido del 2005, si no no tendría ningún problema....

Pitadel, ¿podrías explicarme un poco más que es eso del condominio de la finca y que es que no ejerceran el derecho de tanteo? y de hacerlo así, ¿cuando se hace? Siento la pesadez pero es que no me entero....
 
R
reinamaster
14/09/2006 14:54
Pues a nosotros nos han pedido la del ejercicio último: 2005. Somos de Silverio Lanza.
 
M
MIR72
14/09/2006 14:47
Cuando cogisteis el piso teniais una renta, como todos, y con los años vas incrementando la misma. Si alguna vez te vuelven a pedir requisitos de renta para escriturar serán los que presentaste en primera instancia
Yo cogí el piso sólo y con los años he ido ganando más y estoy casi al borde de lo que en su dia era ganar 5,5 veces el salario minimo interprofesional. Me han pedido el irpf del año 2003 y ya está.Los requisitos son para el momento en el que accedes a estos pisos
 
P
pitadel
14/09/2006 11:43
La verdad es que si tardan un poco más en darnos los pisos casi que estamos ya jubilados.

Lo que se puede hacer en este caso es poner el piso a nombre de uno solo y despues solicitar a la comunidad de madrid el condominio de la finca.

No van a poner ningun problema pues se transmite el 50% de la finca y ahí no ejercerán derecho de tanteo.

Es triste, pero encima de que llevas 5 años esperando un piso ahora parece que haces trapicheos para poder quedartelo y que no tienes derecho ME CAGO EN TODO.

Resulta mucho más rentable no trabajar, irte a una chabola y que te lo den todo hecho. El piso, el colegio, los libros, el comedor de los niños, etc...

A veces parece que interesa más no trabajar.
 
lolitapeliculitas
lolitapeliculitas
14/09/2006 11:33
Por favor, me podrias decir cual es la cantidad que no se puede superar entre las dos personas que van a escriturar.
Gracias
 
EstoyBloqueado
EstoyBloqueado
14/09/2006 11:00
Pues a mí me han dicho que las mismas personas que han firmado el pre-contrato deben firmar también las escrituras o nos quedamos sin el piso. Supongo que eso es ilegal y lo dicen para "acojonar", pero si alguien que conozca un poco las leyes puede aclarar este tema, le estaría muy agradecido.
Salu2.
 

Fin del hilo
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