mlu dijo:
Totalmente de acuerdo contigo, el recurso que presenté lo baso en lo siguiente:
- La CAM nos lo deniega porce la VPP está calificada al amparo del "Decreto 11/2001, de 25 de enero" y las ayudas están previstas para las VPPL al amparo del "Decreto 11/2005 de 27 de enero".
- En mi caso en la escritura el notario dice que la finca está sujeta al Decreto 11/2001 de 25 de enero, modificado por el Decreto 45/ 2002, de 14 de marzo,así como por lo revisto en el Decreto 11/2005 de 27 de enero
Para que se entienda, el Decreto 11/2005 de 27 de enero regula los diferentes tipos de vivienda protegida y en su Disposición Transitoria Primera.-Regímenes anteriores, establece "Ls Viviendas con Protección Pública, calificadas definitivamente al amparo del Decreto43/1997, de 13 de marzo ; Decreto 228/1998, de 30 de diciembre y Decreto 11/2001, de 25 de enero, las viviendas de protección oficial calificadas definitivamente al amparo del Real Decreto-Ley 31/1978 de 31 de octubre, o las que éste les sea de aplicación y, al amparo del correspondiente Real Decreto regulador de la financiación cualificada estatal en materia de vivienda y suelo, quedarán sometidas al régimen de protección pública establecido en el Reglamento de viviendas de protecc publ de la CAM aprobado por este Decreto....
Continuara....
Por otra parte,el Decreto 12/2005 de 27 de enero en su Disposicion Derogatoria establece "Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en el presente Decreto, y expresamente las disposiciones que se citan a continuación, sin perjuicio de su aplicación a las situaciones creadas a su amparo:
a) El Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actuaciones protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, en lo que no hubiese sido derogado por el Decreto por el que se aprueba el reglamento de viviendas con protecc pública de la CAM"
El Decreto 12/2005 de 27 de enero regula las ayudas económicas a la vivienda en la CAM(Plan de Vivienda 2005-2008), y para tener derecho al cheque vivienda las condiciones a cumplir son:
- Disposición Adicional segunda, "las solicitudes de ayudas económicas al amparo de lo establecido en el presente Decreto deberán corresponder necesariamente a viviendas calificadas provisionalmente hasta el 31 de diciembre de 2008
- La tipología de la vivienda se tiene que ajustar al Decreto 11/2205 de 27 de enero.(Si la vuestra se acoge al 11/2001, de 25 de enero, al haber sido derogado, lo cumplis)
TENEMOS DERECHO, HACER UN ESCRITO MENCIONANDO LO QUE DICEN ESTOS DECRETOS, COMPROBAR EN VUESTRA ESCRITURA QUE DICE EL NOTARIO CUANDO DESCRIBE LA PROTECCION DE LA VIVIENDA, COMPROBAR LA FECHA DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA Y PRESENTARLO EN MAUDES.
HE DICHO.