Cesión terreno Arzobispado de Madrid
¿Se puede presentar alegaciones a la decisión del Ayuntamiento de Madrid sobre la cesión de la parcela VI del PAU II-4 “Sanchinarro”?
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El plazo para presentar alegaciones a esta decisión del Ayuntamiento fue del 17-08-06 a 31-08-06 ¿se puede hacer algo a estas alturas?
< < 17 de agosto de 2006 BOLETÍN DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO,
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS
RGª 711/2000/00008
En virtud de lo dispuesto en el artículo 110.1,f) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Real Decreto 1372/86 de 13 de junio, el Ayuntamiento de Madrid –Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras-, somete a información pública por término de 15 días el expediente de tramitación relativo a la cesión directa y gratuita de la parcela VI del exponiendo V,S y siguientes del Convenio. Es parte de la parcela SP – BE del Proyecto de Compensación del PAU II-4 “Sanchinarro”, distrito de Hortaleza, con una superficie de 1.600 m2 y una edificabilidad de 2.240 m2, calificada de equipamiento básico, a favor del Arzobispado de Madrid, en ejecución del Convenio Marco de Colaboración, Regularización de Fincas y Cesión de Suelo suscrito el día 4 de noviembre de 1997, entre el Excmo.Ayuntamiento de Madrid y el Arzobispado de Madrid, que será elevado para su aprobación, si procede, al órgano municipal competente.
Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,
en la Sección de Información Urbanística del Área de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras, sita en la C/ Guatemala, nº 13, y podrán presentar dentro del indicado plazo los escritos de alegaciones que a su derecho convengan.
Madrid, 11 de agosto de 2006.—La Jefa del Servicio de Patrimonio, Esther Garvía Arrogante. > >