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L
LRH
06/06/2011 22:55

Piscina

¿Cuántos votos necesito para construir una piscina en mi urbanización?

2.618 lecturas | 5 respuestas

Hola!, en nuestra urbanización no tenemos piscina. Estamos interesados en construir una. Alguien me puede decir cuantos votos son necesarios para poder sacar adelante el proyecto?  

Os agradecería vuestra ayuda.

Gracias anticipadas.

 
mcmd
mcmd
12/06/2011 15:54

Dejo aquí un link a la lph: http://bit.ly/mFkQdV

Creo que además del artículo 11, que bien señala oscarcp, habría que ver el 12 y el 17, que vienen a decir que sí hacer falta unanimidad. Supongo que si lo combinas con el 11 puede darse el caso de que alguien esté de acuerdo con la construcción, pero no quiera ni usar (ni por tanto pagar) la piscina (el "disidente" del post de oscarcp, la verdad es que tiene graci el nombre laugh), pero no sé, no soy abogado.


Editado por mcmd 12/06/2011 15:54
 
C
croque
08/06/2011 13:13

Yo se de un caso que todos los vecinos dieron consentimiento para hacer la piscina. Pero no todos quería hacerse cargo del importe de la obra. Llegaron al acuerdo de que se cedía el espacio de la comunidad para la piscina, la pagaba el que quería hacer uso de ella y renunciando al uso los que no pagaban la obra. Si en un futuro cualquiera de los vecinos que no habían pagado y querían hacer uso de ella deberían abonar la cuota correspondiente.

 
O
oscarcp
07/06/2011 22:56

Artículo 11. Nuevas Instalaciones, Servicios o Mejoras en el Inmueble

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.

3. Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedara obligada al pago de los gastos aun cuando su importe exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

4. Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.

5. Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras.

 
O
oscarcp
07/06/2011 22:48

Me parece recordar que para ese tipo de intervenciones se necesita la unanimidad de los propietarios; luego intento echarme un vistazo a la LPH y te lo confirmo.

De todas maneras, necesitareis, proyecto visado por el colegio de arquitectos y tendreis que pedir licencia de obra al ayuntamiento.

 
C
CARGARROD
06/06/2011 23:16

NO SE SI CON MAYORIA SIMPLE OS VALDRIA YA QUE ES UNA CUESTION DE GRAN CALADO ECONOMICO YA QUE SUPONE UNOS GASTOS QUE NO SON BASICOS PARA LA COMUNIDAD, Y CREO RECORDAR QUE SEGUN LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS VECINOS SE PODRIAN NEGAR A SUFRAGAR....SI TENEIS UNANIMIDAD SEGURO QUE NO TENEIS TANTOS PROBLEMAS SI CON INFORMES PREVIOS DE CONTRUCCION FAVORABLES EN AYUNTAMIENTO OS CONCEDE LICENCIA...

 

Fin del hilo
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