Volver al foro
S
simba31
12/05/2011 13:33

cambio de vivienda

¿Tendré que pagar a Hacienda por la venta de mi casa si la vendí en 2010 pero formalicé la escritura en 2011?

2.711 lecturas | 10 respuestas

Hola soy una nueva vecina que se traslada en unos dias a este maravilloso barrio , tengo un problema referente a nuestra declaracion y me gustaria que alguien me contestara.Vereis nosotros vendimos nuestra casa en 2010 y señalizamos nuestra casa nueva en el mismo año con un contrato pero la escritura se formaliza en 2011. Tendre que pagar a hacienda por la venta de mi casa? somos 5 miembros de familia y con 1 sola nomina. Por favor contestarme

 
_
_Ana
14/06/2011 20:01

Me alegro mucho simba31, algunas veces es cierto que nos preocupamos demasiado por nada... perdona si tardé en contestar yo es que estoy pendiente de un tema de coles y tengo tan poco tiempo que miro a toda pastilla si hay algo nuevo en el post y ya está porque mis dos niños no me dejan... enfin muchas felicidades! a mi me ha caido un palo por haber retenido muy poco el año pasado, ya que di a luz y estuve en permiso maternidad y retuve muy poquito... enfin que lo vamos a hacer!

 
S
simba31
09/06/2011 17:11

Hola a todos ,hemos saldo exentos de pagar en hacienda.Por lo visto al tener el contrato firmado y haber hecho aportaciones demuestra que vamos a reinvertir el dinero de la venta ,asi que nos hemos librado ,menos mal me veia pidiendo unprestamo para pagarles.Espero que si algien tiene esta situacion le ayude lo que nos a sucedido por cierto no lo he contado antes porque han tardado telefonica 1 mes en darme linia

saludos a todos

 
S
simba31
16/05/2011 11:22

Muchas gracias a todos,me gusta saber que en mi nuevo barrio hay buena gente . Un millon de gracias  ya os contare 

 
M
marquesa34
15/05/2011 23:08

Si estuviste 16 años y estabas empadronada, no hay problema, son 2 años, miralo en el manual de la renta. El concepto sería "exención por reinversión", es decir, hay una exención de la ganancia patrimonial derivada de la compraventa por reinvertirla en una nueva vivienda habitual.

 

El beneficio de la exención por reinversión sólo
resulta aplicable a las ganancias patrimoniales derivadas
de la transmisión de la vivienda habitual del
contribuyente, siempre que el importe total obtenido
como consecuencia de dicha transmisión –minorado,
en su caso, en las cantidades correspondientes
al principal del préstamo que se encontrase pendiente
de amortizar en el momento de la misma– se reinvierta
en la adquisición o rehabilitación de una nueva
vivienda habitual en las condiciones y con los requisitos
legal y reglamentariamente establecidos o, en
su defecto, se manifieste el compromiso de efectuar
o completar la citada reinversión dentro de los dos
años siguientes a la fecha en la que haya tenido lugar
la transmisión de la anterior vivienda habitual
.
Si las cantidades reinvertidas en la adquisición o
rehabilitación de la nueva vivienda habitual fueran
inferiores al importe total anteriormente señalado,
solamente se excluirá de gravamen la parte de la
ganancia patrimonial que proporcionalmente corresponda
a las mismas.

 
J
juanyrocio
15/05/2011 15:09

Hola Simba31,

Soy vecina del barrio y hago declaraciones de la renta. Si te interesa dímelo.

Como te han contestado, tienes 2 años para reinvertir, y como has destinado todo el dinero para la nueva vivienda, yo entiendo que estaría exento .

 
_
_Ana
15/05/2011 13:27

Simba31, si tenías el padron en esa antigua residencia como dice marquesa34, tendrías dos años, ánimo! aver lo que te cuenta hacienda y ten la cabeza fria para poder pensar mejor! espero leerte con buenas noticias!

 
S
simba31
15/05/2011 12:34

La casa que vendimos fue nuestra residencia durante 16 años.Y la verdad yo pensaba que como tu dices tendria 2 años para invertir,pero al decirme que tengo que pagar...... jolin que no tengo un duro.

 
M
marquesa34
15/05/2011 00:05

Creo que tienes 2 años para poder aplicar la exención por reinversión, así que no tendrías problema siempre y cuando hubieses vivido en tu anterior vivienda durante 3 años, habiendo estado empadronado en ella.

 

Espero haberte ayudado.

 
S
simba31
13/05/2011 10:40

Hola Ana ,muchas gracias por responder , la verdad estoy que no duermo.Es una gracia porque todo lo que saque de la venta lo he invertido en la casa nueva , no me parece justo.

El dia 20 voy hacienda ya te contare estoy acojonadita 

 
_
_Ana
12/05/2011 22:21

Hola, yo vendi y compré también hace un tiempo y segun tengo entendido sí, hay que escriturar el mismo año que se vende, sino toca pagar una barbaridad a hacienda... Ahora te recomiento informarte de primera mano, es decir ve a hacienda y preguntalo.. y despues intenta ver si hay alternativas para tu caso que no es tan extraodinario.. como hay crisis puede que haya cosas nuevas que eviten que pagues ese dinero.. en fin te deseo mucha suerte, sé por lo que está pasando y es horrible...

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento