Volver al foro
A
aclarando
10/01/2013 22:51

aclaraciones demanda baja cooperativa

¿Cómo reclamar el pago del seguro en caso de no entrega de viviendas?

1.160 lecturas | 1 respuestas

Por aclarar para la gente que lea. las demandas se están haciendo bajo la ley que protege las aportaciones en viviendas a construccion y de manera muy simple dice que una vez que se demuestre que las viviendas no se van a entregar a plazo se puede requerir el pago por el seguro más el 6% de intereses. para esto hay q demostrar que no se entregarn las viviendas en nuestro caso más que demostrado:

1º-resciendiendo el contrato por no entregar las vivienda y a continuación reclamar (es es la opción de gic y la que parece más lógica).

2º-pidiendo que el seguro te devuelva tu dinero y el se subrogue en tus derechos en la promotora/cooperativa dado que ya está demostrado que no va a haber viviendas que es lo que aseguraba ( a esto se agarran los que dicen que no es imprecindible darse de baja)

Ambas opciones tienen su lógica y tendrá que ser el juez el que determine si se lleva o no razón pero no son ninguna locura inventada ni nada por el estilo.

lo que si es una locura es, en mi opinión:

1-Q los consejos no den información y anden con más miedo que verguenza cada vez q hablan. Pero esto tb era así cd los del gic estaban dentro de él. ibas a informarte y parecía que ibas a robar.

2-Q el abogado martinez, q si gana se va a hacer de oro y si pierde se llevará un buen pellizco (casi 400 coop. parece ser que han denunciado a traves de él) tampoco dé información, no coja el teléfono, no responda a los mail........ la verdad es que como esta sea su profesionalidad para todo vamos apañados.

3- Q este foro, q podría ser una buena fuente de información, coordinación, etc se use para tirarnos piedras entre cooperativas y excooperativistas que somos igual de engañados por moreno, andres, aseguradora, etc. en vez de colaborar para recuperar TODOS nuestro dinero y que se castigue a los golfos que nos han traido a esta situación.

 
R
rolotomasi
11/01/2013 11:04

Me parece muy bien las aclaraciones que has hecho y tan sólo quiero hacerte un par de puntualizaciones para que lo tengan en cuenta todos los cooperativistas.

La primera es que la Ley 57/1968 es a la ley que te refieres y en su artículo 3 dice literalmente:

Artículo 3 

Expirado el plazo de iniciación de las obras o de entrega de la vivienda sin que una u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incrementadas con el seis por ciento de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo período con la fecha de terminación de la construcción y entrega de la vivienda.[3>

En contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido en esta Ley.

Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponder al cesionario con arreglo a la legislación vigente.


Es decir que le quede claro a todo el mundo que la Ley dice claramente que la opción es entre rescindir el contrato para reclamar el dinero o conceder una prórroga (esto es quedarse y aguantarse a ver qué pasa). Vamos, que el que quiera reclamar tiene que rescindir el contrato con la cope (eso es darse de baja). Si se reclama a HCC sin rescindir el contrato no se están cumpliendo literalmente los requisitos que exige la ley y eso es un riesgo que se acepta correr de forma voluntaria e innecesaria.

La otra cuestión es sobre eso que dices de que los del GiC que estaban antes tampoco informaban. Sobre esto te tengo que decir que los miembros del GiC  que no estábamos en los Consejos Rectores somos más que los que estaban. Otra cuestión que debes tener en cuenta es que son más los miembros de los Consejos Rectores que siguieron que los que dimitieron. Este detalle es muy importante porque las decisiones se toman de forma colegiada y, por lo tanto, no es achacable sólo a los que se fueron la manera de funcionar de los consejos rectores sobre todo cuando los que siguen de esa época son más de los que se fueron y que precisamente se fueron por las discrepancias entre la forma de llevarse ciertos temas y que los que se han quedado son los que siguen con esa forma de funcionar. Por último, otro dato que se debe tener en cuenta es que los que dimitieron estuvieron seis meses, sólo seis meses, y no seis meses cualquiera, fueron los seis primeros meses después de echar la moreno y en esa época no había mucho que informar porque no se sabía nada y se tardó mucho en descubrir y entender todo lo que había. Te recuerdo que la asamblea general en la que se pudieron presentar nuevas cuentas e informar por fin de algo fue en diciembre de 2008 y que las dimisiones se produjeron en enero de 2009 (tan sólo un mes después). Sin embargo, los que están ahora llevan CUATRO AÑAZOS HACIENDO LO MISMO.

Por mi parte, te puedo asegurar que a nosotros el GiC no hace otra cosa que mandarnos información constante, detallada, documentada y fundamentada tanto de todo lo que hacen como de cualquier cosa que se enteren de las cooperativas y les parezca de interés para nosotros. Como esas dos actas de los CR's que acaban de colgar y que me parecen un escandalazo. Pero como muchas cosas más.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento