Me parece muy bien las aclaraciones que has hecho y tan sólo quiero hacerte un par de puntualizaciones para que lo tengan en cuenta todos los cooperativistas.
La primera es que la Ley 57/1968 es a la ley que te refieres y en su artículo 3 dice literalmente:
Artículo 3
Expirado el plazo de iniciación de las obras o de entrega de la vivienda sin que una u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incrementadas con el seis por ciento de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo período con la fecha de terminación de la construcción y entrega de la vivienda.[3>
En contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido en esta Ley.
Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponder al cesionario con arreglo a la legislación vigente.
Es decir que le quede claro a todo el mundo que la Ley dice claramente que la opción es entre rescindir el contrato para reclamar el dinero o conceder una prórroga (esto es quedarse y aguantarse a ver qué pasa). Vamos, que el que quiera reclamar tiene que rescindir el contrato con la cope (eso es darse de baja). Si se reclama a HCC sin rescindir el contrato no se están cumpliendo literalmente los requisitos que exige la ley y eso es un riesgo que se acepta correr de forma voluntaria e innecesaria.
La otra cuestión es sobre eso que dices de que los del GiC que estaban antes tampoco informaban. Sobre esto te tengo que decir que los miembros del GiC que no estábamos en los Consejos Rectores somos más que los que estaban. Otra cuestión que debes tener en cuenta es que son más los miembros de los Consejos Rectores que siguieron que los que dimitieron. Este detalle es muy importante porque las decisiones se toman de forma colegiada y, por lo tanto, no es achacable sólo a los que se fueron la manera de funcionar de los consejos rectores sobre todo cuando los que siguen de esa época son más de los que se fueron y que precisamente se fueron por las discrepancias entre la forma de llevarse ciertos temas y que los que se han quedado son los que siguen con esa forma de funcionar. Por último, otro dato que se debe tener en cuenta es que los que dimitieron estuvieron seis meses, sólo seis meses, y no seis meses cualquiera, fueron los seis primeros meses después de echar la moreno y en esa época no había mucho que informar porque no se sabía nada y se tardó mucho en descubrir y entender todo lo que había. Te recuerdo que la asamblea general en la que se pudieron presentar nuevas cuentas e informar por fin de algo fue en diciembre de 2008 y que las dimisiones se produjeron en enero de 2009 (tan sólo un mes después). Sin embargo, los que están ahora llevan CUATRO AÑAZOS HACIENDO LO MISMO.
Por mi parte, te puedo asegurar que a nosotros el GiC no hace otra cosa que mandarnos información constante, detallada, documentada y fundamentada tanto de todo lo que hacen como de cualquier cosa que se enteren de las cooperativas y les parezca de interés para nosotros. Como esas dos actas de los CR's que acaban de colgar y que me parecen un escandalazo. Pero como muchas cosas más.