Buenas tardes, soy un futuro vecino de la Construcción de viviendas denominada Castillejos 95, de la cual se preveé entrega de las viviendas en breve y quería saber si soy el único o somos mas los damnificados, en relación de los gastos notariales, que según establece el artículo 1455 del Código Civil el gasto de otorgamiento en escrituras de una compraventa debe pagarlo el vendedor (en este caso Aventespacia) y los de la primera copia y demás posteriores a la venta, serán de cuenta del vendedor, salvo pacto contrario. Pues bien, puesto en comunicación con Aventespacia, me manifiesta que en el contrato que firmamos en su día está contemplado que el COMPRADOR ASUME TODOS LOS GASTOS, sin darme más explicaciones al respecto ni opción a negociación alguna y en el momento de la firma del mismo (año 2019), con el estrés que conlleva el meterte en una compra de esta envergadura y demás y sin explicarte que estás firmando algo que NO ESTÁ ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO CIVIL, dado que no hay un pacto sino una imposición y tampoco te lo explican.
Quería saber si hay alguien interesado, si no hay un acuerdo con Aventestacia para el pago de los gastos notariales, en ponerlo en manos de un abogado por parte de los vecinos interesados.
Saludos.