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C
chaquetita
08/09/2007 01:08

ADMINISTRADOR DE COMUNIDAD

8.259 lecturas | 9 respuestas
Tengo algunas preguntas...

La primera es saber si la Junta de Gobierno (en nuestro caso la componen: presidente, un vocal por cada portal y vocal del garaje, y se supone que el administrador) tiene plena competencia para aprobar y cambiar lo que quieran. En mi comunidad, sólo tenemos una reunión general al año, el resto se reunen sólo los de la Junta de Gobierno y ellos hacen y deshacen lo que quieren. Quería saber si eso es legal porque por ejemplo nos cambian de empresa de seguridad sin que se haya aprobado en la reunión general.

En caso de que puedan hacer estos cambios, qué cosas exactamente pueden hacer y cuáles necesitan de aprobación de toda la comunidad (en la reunión anual)???

Es normal qué sólo tengamos una reunión anual???

Por otro lado, nuestro administrador pertenecía a una empresa (AGIF) y hace unos meses éste ha dejado la empresa y se ha puesto de administrador por su cuenta. La comunidad tenía un contrato con Agif y ahora resulta que el contrato lo tenemos directamente con el administrador.

Es esto normal? No se debería de haber votado por todos los vecinos, ya que es también un cambio de administrador (aunque la persona física sea la misma, la empresa es diferente)???

Espero que alguien pueda responderme porque muchos vecinos ya no sabemos qué medidas tomar porque la Junta hace lo que quiere.

Muchas gracias!!!
 
M
MARIRO
29/03/2009 18:59

Esta muy bien que proporcionas los telefnos pero DE QUE PROVINCA ENCANTO, PORQUE IGUAL LLAMO PARA QUE ME LLEVE LA ADMINISTRACION Y RESULTA QUE TRABAJAN A MIL KMS DE MI CIUDAD.


jose241801 dijo:

Hola buenas nosotros teniamos ha la empresa BAI y bueno no lo hacian del todo mal lo que pasa que eran demasiado caros hace dos meses que contratamos con un chico de 24 años y su novia que son gestor y abogada nos dan la verdad que un servicio muy bueno y nos cobran casi la mitad por si os interesa ahorrar en los gastos de comunidad y tener buenservicio aqui os dejo el telefono de Carlos que es el gestor 625643101 y 687941232.
 
M
MARIRO
29/03/2009 18:55
eN MI COMUNIDAD TAMBIEN TENEMOS JUNTA DE GOBIERNO y estoy porque así se aprobó en Junta, y estoy de acuerdo en que actue como tal, siempre contando con la honestidad de las personas. Por norma en las Juntas extraordinarias, no acude casi nadie, y si hay algún problema, y antes de esperar a convocar con minimo 15 dias de antelación etc. al final los problemas no se resolverian. En mi caso, se decidió contratar a otra empresa de servicios, y la que entró fue aún peor que la saliente, por lo que y despues de llevar varios dias sin limpiar, nos vimos obligados por las circunstancias a contratar a otra de las que ya habiamos estudiado, y que entraba dentro del presupuesto aceptado, es más ahorramos en una parte del contrato que salio casi 340 € menos al mes. Si empezamos a convocar reuni´çon para cuando vayamos a empezar a limpiar nos come la mie..........Otra cosa es quitar al Administrador, para eso hay que hacer una reunión y explicar, cuales son los motivos que se tienen para quitarle o no, y hacer una votación conjunta, que en cualquier caso sera pequeña tambioen por lo que digo, de 100 acuden 2o o 25 personas.


chaquetita dijo:

Tengo algunas preguntas...

La primera es saber si la Junta de Gobierno (en nuestro caso la componen: presidente, un vocal por cada portal y vocal del garaje, y se supone que el administrador) tiene plena competencia para aprobar y cambiar lo que quieran. En mi comunidad, sólo tenemos una reunión general al año, el resto se reunen sólo los de la Junta de Gobierno y ellos hacen y deshacen lo que quieren. Quería saber si eso es legal porque por ejemplo nos cambian de empresa de seguridad sin que se haya aprobado en la reunión general.

En caso de que puedan hacer estos cambios, qué cosas exactamente pueden hacer y cuáles necesitan de aprobación de toda la comunidad (en la reunión anual)???

Es normal qué sólo tengamos una reunión anual???

Por otro lado, nuestro administrador pertenecía a una empresa (AGIF) y hace unos meses éste ha dejado la empresa y se ha puesto de administrador por su cuenta. La comunidad tenía un contrato con Agif y ahora resulta que el contrato lo tenemos directamente con el administrador.

Es esto normal? No se debería de haber votado por todos los vecinos, ya que es también un cambio de administrador (aunque la persona física sea la misma, la empresa es diferente)???

Espero que alguien pueda responderme porque muchos vecinos ya no sabemos qué medidas tomar porque la Junta hace lo que quiere.

Muchas gracias!!!
 
E
estoesnuevo
06/03/2009 12:33
Lo deseable es que los vecinos quieran participar. La verda es que hay muchas comunidades donde lo que quieren los vecinos es no enterearse de nada. No hay más que ver la asistencia a las juntas
 
A
antivadillo
31/12/2008 20:09
La Junta de Gobierno puede aprobar los cambios de empresas o presupuestos, siempre y cuando los vecinos esten de acuerdo en delegar dichas funciones a la Junta de Gobierno. Porque si sois muchos vecinos no se va a hacer una Junta para cada chorrada que surja en la Comunidad. Nosotros tuvimos un administrador Vadillo & Hermosilla que si hacia y deshacia sin contar con el presidente y los miembros de la junta de Gobierno pero finalmente le echamos. Hay algunos administradores que se creen con el derecho de hacer lo que les de la gana sin contar con nadie. Pero por fortuna no todos son iguales.
 
C
Candela Herranz
10/03/2008 17:00
Hola, Os recomiendo B&M Administración de Fincas. Son dos chicas jóvenes y preparadas, muy resolutivas. Os paso contacto: 648 10 68 85 Preguntad por Esther o Pepa.

Saludos,

C.
 
T
tukeria
02/01/2008 19:55
yo vivo en Planeta Jupiter nº 8 y la verdad es que despues de haber cambiado de empresa emprezamos a trabajar con una que trabajan muy bien y hasta el momento no hemos tenido ningun problema. Por si os interesa, no me acuerdo del nombre pero si tengo el telefono que viene en los portales. seis ocho 5 siete 4 tres seis ocho 1. Por favor, no trabajeis con arsa s.l porque han trabajado muy mal nuestra comunidad.
Saludos !
 
E
El PROFE
29/12/2007 12:01
Si no en los estatutos, en las juntas de cambio de gobierno debera poner que la comunidad le entrega plenos poderes a la junta entrante o algo asi. Aun asi y como comunidad que sois la junta deberia haber convocado junta extraordinaria para el cambio de servicios ya que suele ser uno de los gastos mas importantesy por supuesto para cambiar el administrador eso se debe hacer antes de la fecha de finalizacion del contrato con AGIF en junta general y con otras ofertas en la mesa para cerrar este tema lo mas rapido posible.
 
L
lorac19
09/09/2007 17:18
Si pero seguramente que en esos estatutos no pogan que la junta directiva pueda hacer o desahacer a su antojo esa junta directiva tiene que representar a la comunidad y se representa reuniendola y sabiendo lo que quieren mediante una votación.
 
E
Essebess
08/09/2007 11:22
Vamos a ver, cuando se constituye una comunidad de propietarios se hace por escritura y con la misma se publican los estatutos que rigen el "modus operandi" de los altos cargos, entre otras muchas cosas.
Te aconsejo, que como la cosa tiene mala pinta, acudas a los estatutos y te los leas.
Suerte!
 

Fin del hilo
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