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RUIDO DE LOS VECINOS

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Qué hacer si el vecino hace mucho ruido? qué tipo de ruidos se pueden hacer y en qué horario? qué normativa se aplica?
Blend
15/01/2022 12:38

Pues yo llevo 20 años aguantando y me ha costado mucho dinero en abogados, decenas de denuncias y creanme, no pasa nada, al parecer los jueces no hechan cuentas a este tipo de denuncias os lo digo por experiencia, por lo que me he tomado la justicia por mi mano y he hechado mano del ¡ojo por ojo! o sea, tu me das caña yo te doy aun mas y si hay que partirse la cara cuando quiera y donde quieras, os aseguro que es la mejor solución hechar un par de huev,,,,,,,,ya que los jueces este tipo de juicio ni lo escuchan, asi que le aconsejo haga lo mismo, si su vecino no le respeta Vd. haga lo mismo, no lo respete, una idaea muy buena es tener un buen equipo de musica de al menos 100 wts. y con una grabadora grabe Vd. todo y se lo pone junto a la pared a todo volume durante un par de horas o todo el tiempo que quiera todos los dias, a eso yo le llamo JARABE DE SU PROPIA MEDICINA, creame, es muy efectivo

juancojua, no, no están para eso. Están para esos que tienen poder.

Si eres un humilde humano más, dependerá de cuan vago sea el agente municipal o el ayuntamiento de turno.

Si eres, por ejemplo, un concejal o un alto cargo público, gracias al tráfico de influencias, en un plis plas lo tendrás solucionado y el infractor será sancionado también en un plis plas.

Además, si que es algo administrativo en cuanto a medir y tal y tal, pero también abarca el ambito penal al ser considerado un delito penal (artículos 325 y posteriores del código penal).

Incluso es un delito que se puede juzgar por un hipotético riesgo sin que ese riesgo se haya llevado a cabo. Solo basta que se haya dado la idoneidad para que el riesgo se pudiera producir.

En el caso de producirse, se hablaría de un delito contra el medio ambiente en concurso ideal con el de lesiones. Las lesiones pueden ser psíquicas o físcas, así como leves o graves.

Si el ruido procede de, por ejemplo, un bar... y resulta que no tiene licencia, o si no obedece las ordenes del ayuntamiento como medidas correctoras, la pena se elevará a la superior en grado (la máxima pena). Así lo expone el artículo 327 letras A y B del código penal.

Que parece que os lo tomáis como algo molesto y serio, pero, a la vez, como algo ridículo cuando habláis continuamente de algo administrativo cuando puede ser penal y conllevar una condena de años de prisión. Hay uno que lo metieron 6 años y algo de cárcel porque el bar no tenía licencia y molestaba a los vecinos. Buscad por internet sentencias. Solo hay que poner en Google "Sentencia Ruido Poder Judicial".

 

Fin del hilo
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