Formentera
Y eso es el principio. Porque cuando los llames una y otra y otra y otra y otra y otra y otra y otra... como hacía yo, entonces ni te harán caso y cuando te lo hagan será para decirte que estás mal de la cabeza desde el día que saliste de dentro de tu madre (como me dijo a mi un municipal en mi cara).
Cuando los llames, solicita una medición de ruidos. Intenta que tu teléfono grabe las llamadas (no es un delito grabar conversaciones si tú formas parte de ellas).
Esto te servirá cuando inicies la denuncia en fiscalía de medio ambiente, para poder demostrar que has solicitado medicones de ruidos que nunca se realizan. Eso lo verá el fiscal y podrá nacer en él su lado malote y pensar... que no se la han hecho?... ahora verás (y ordenar al ayuntamiento un número de mediciones en tu vivienda, tal como fue mi caso).
Has dicho que mi caso es distinto y te estás equivocando.
Aún así te diré que ahora estoy liado con unos nuevos vecinos que tienen perros. Dos nuevos inquilinos en dos viviendas diferentes con perros que han venido a la misma vez a vivir en mi comunidad.
De momento ya tengo varias mediciones, demanda aceptada en los juzgados de primera instancia (civil), denuncia en fiscalía de medio ambiente y escritos en ayuntamiento de mi comunidad.
Y ojito, somos dos en mi vivienda, mi pareja y yo. DENUNCIAMOS POR SEPARADO, no se te ocurra hacer una denuncia conjunta. Eso sí, nosotros tenemos justicia gratuita y eso hace mucho porque podemos denunciar sin que nos cuesten dinero los abogados (y en su caso, procuradores). Aunque, si bien es verdad, un abogado de oficio no es lo mismo que un abogado privado y experto en la materia (pero cuando el proceso está ya muy avanzado, es cuando cambiamos a abogado de pago, pues, a esas alturas, ya no cuesta económicamente lo mismo).
Por lo que mi caso anterior, aunque sigue siendo lo mismo pero con diferentes matices, puedes olvidarlo y centrarte en mi nueva problemática que estoy intentando paliar con la experiencia que he conseguido con mi otro caso que ya gané.
Has dicho esto: "la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas”, a ver… por qué crees que te dije que te pongas en tratamiento con psicólogo y psiquiatra?.
En mi nuevo caso o molestia, tanto mi pareja como yo estamos en tratamiento médico desde que comenzaron las molestias. Pero de nuevo te digo, si vives con alguien más, no se os ocurra poneros en tratamiento de forma conjunta y siempre hacedlo por separado.
En mi caso, yo pido mi cita y mi pareja la suya. Nos atienden por separado porque somos diferentes aunque vivamos en la misma vivienda.
Mi pareja no vivió los problemas de los ruidos de la empresa, pero sí la desquician los ladridos de los perros de estos nuevos inquilinos (alquilados).
Aún así, sean vecinos colindantes o adyacentes, sean vecinos en sus viviendas o sea, por ejemplo, un bar, las reglas son las mismas y no pueden superar unos dB que son en horario de mañana (de 7 a 23 horas) de 45 dB (dependiendo de si es o no un dormitorio), y en horario de noche (de 23 a 7 horas) de 35 dB (dependiendo de nuevo si la medición se realiza en un domirtorio o no).
Si las mediciones superan en 13 dB o mas los valores permitidos y, además se pone en riesgo grave la salud de las personas, entonces es una infracción grave. Y no hay más por mucho que la gente no quiera saber entender lo que dice la Unión Européa al respecto.
Además de lo anterior, si se actúa por la vía penal, el artículo 325.2 (inciso final), también prevé el riesgo a la salud de las personas.
Y ojito, en ambos casos se habla de riesgo, nunca de un daño real, solo dice que el ruido sea de tal magnitud que pueda provocar en la salud de las personas un daño (físico o psíquico).
Si el daño se produjese, entonces hablamos de un concurso de delitos. “Delito contra el medio ambiente en concurso ideal con el de lesiones”.
Pero, aunque el ruido no produzca lesiones o no sea tan grave como para “poder provocar (futuro indeterminado)” un daño, si se supera lo permitido (sin llegar a los más graves), también es un delito:
28/03/2012
“La sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a unos vecinos a pagar 8.000 euros a una familia residente en el piso superior al suyo por los ruidos causados durante años por las hijas al tocar el piano y que consideran que sobrepasaban los límites legales establecidos en la ley.
La demanda fue interpuesta por INTROMISIÓN ILEGÍTIMA DE LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR de los denunciantes”.
Si te fijas, ahí se habla de la Sala de lo Civil, lo que quiere decir que esos demandantes actuaron por la vía civil. Y como ves, ganaron el caso contra una niñita que tocaba el piano en su vivienda. Y como también puedes ver, el motivo fue porque la niñita, con su pu.. piano, violaba la intimidad de los demandantes.
Es por eso que, como has podido leer en el inicio, que si he hecho mención de demandas por lo civil es porque también puedes acudir a la vía civil porque es esta vía la que regula la ley de propiedad horizontal. Por ponerte un ejemplo, puedes leerte el artículo 7 de la LPH (ley de propiedad horizontal), la cual prohibe, en cierto modo, los ruidos molestos, por ejemplo, los de un perro (o poner la TV o música a todo volumen, o poner una lavadora a las 4 de la mañana… etc).
Tu puedes demandar a este propietario pero también puedes solicitár al presidente de tu comunidad que informe de las molestias y de dicho artículo al propietario molesto. Y te digo presidente porque es él, según el artículo 7 de LPH, el que está obligado a ejecutar dicho artículo a petición de un propietario o a petición propia. Que queremos ser presidentes pero luego no tenemos ni pajolera idea de que tenemos obligaciones frente a nuestros vecinos. Y si no lo hace, demanda al presidente y a la comunidad como yo también estoy haciéndolo porque resulta que el presidente es el propietario de una de las viviendas donde sus inquilinos tienen un perro muy molesto.
Pero como te he dicho, tienes las dos vías, la penal y la civil. Puedes actuar en ambas a la misma vez, pero para la penal es recomendable que te pongas en tratamiento médico.
No sé que has querido decir con que tienes 3 informes médicos. Esos informes es porque estás en tratamiento médico?. Tratamiento médico es que tienes un seguimiento médico y no que hayas ido a urgencias una o mil veces.
Para el tratamiento médico debes solicitar cita en tu médico de cabecera para que te dimane al psicólogo y psiquiatra (o solo psicólogo, como tu lo veas, pero el psiquiatra es el que te manda tratamiento médico y es esencial). Si ellos no ven un daño en tu salud mental (estado de ánimo mental por los ruidos o molestias vecinales), no te seguirán viendo más.?
Lo de las grabaciones, con unas cuantas sobran. Pero ojo, no grabes las menos molestas. Tienen que ser unas pocas pero con contundencia sonora. Y también graba lo de que se enciende la luz cuando accedes a tu garaje. Eso cuéntaselo a los especialistas en salud mental respecto a que te sientes vigilada (hoy en día hay cámaras tan pequeñitas que ni tú misma las verías, explícaselo así si te preguntan si hay alguna cámara por la que te sientas vigilada).
Si dices que tienes un programa que mide los ruidos, cuando se produzcan, sería muy interesante que grabases en imagen tanto el sonido como la imagen donde se vea ese medidor de ruidos dando los dB.
Sobre si necesitas abogado para mandarle un burofax a tus vecinos para que cesen las molestias, no necesitas abogado ni nada más que sabiduría a la hora de hacer el escrito. De ese escrito partirá todo y debes hacerlo muy bien todo. Un abogado y procurador en lo civil no es barato. Ahora bien, quizás tú no sepas hacer el escrito porque no tienes la sabiduría necesaria a la hora de LPH, código civil, sentencias al respecto… etc. Tendrías que estar asesorada para que esa semillita que significa el burofax, en el futuro germine con éxito. Yo tengo muchos asuntos ahora mismo, muchos escritos, sino te lo haría yo mismo encantado y gratis (entiendo más que cualquier abogado experto en la materia porque de tanto llamar a puertas pidiendo ayuda y sus respectivos portazos, tuve que hacerme a mí mismo profesor y maestro. Lo bueno es que yo, según psicóloga y pisiquiatra, tengo una personaidad perfeccionista, autoexigente y PERSERVERANTE. Más portazos me den, más fuerte insistiré porque cuando tengo la razón legal soy ANTI CONFORMISTA y nada ni nadie me va a doblegar). Para esto has de insistir e insistir o te rendirás fácilmente cuando veas a policías decirte que estás mal de la cabeza o, en tu caso, juezas DE PAZ que te digan que te pongas tapones o te compres un piso en otro lugar. Puedes tener suerte y que topes con gente que empatice y tu problema se resuelva con facilidad, pero cuando topes con una empresa que mueve 10 millones de euros al año, para meterlos en la cárcel vas a tener que luchar como yo luché que hasta desarrollé alopecia aera debido al elevado extres (con informe médico que así lo dice), a causa de los ruidos incesantes que debía soportar (y además, esto no lo dice el informe, porque tuve que estudiar día, tarde y noche para que nunca más se rieran de mí haciéndome experto en la materia sin tener ni idea de nada de esto). Así que prepárate para lo que te espera si no tienes economía.
Y sí, la mierda anterior ya se resolvió, pero ahora tengo la de los perricos de las narices. La cual también la resolveré mucho más rápido que la anterior. En temas de comunidad me he hecho también un experto premium y ya he ganado dos casos contra la propia comunidad por no cumplir acuerdos en beneficio del propio presidente. Ahora incluso quieren que sea yo el presidente y ahora NANAI. Ahora que lo sean ellos pero cuidadito conmigo que como hagan algo mal, denuncia que te crió (el denunciante en una comunidad no paga las derramas que se originen en el proceso como por ejemplo las costas judiciales).