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M
mimarez
23/10/2008 11:39

cuota participacion comunidad

¿Puedo volver a pagar según cuota de participación si un propietario no paga su cuota de 40€?

2.368 lecturas | 1 respuestas

Soy propietario de una comunidad en la tenemos 6 viviendas, cuando compremos las viviendas se empezo a pagar por cuota de participacion, se me nombro a mi como presidente y otro propietario como secretario administrador, yo en ese momento no entendia mucho sobre esto y como se suele decir me pillo de pardillo el secretario(una persona mayor y entendida en esto)y dijo de pagar cada propietario una cuota de 40€ y aceptemos todos. Ahora tenemos el problema de que un propietario lleva tiempo sin pagar su cuota de 40€ y hemos tenido que poner dos meses 20€ mas cada uno para subsanar el impago del moroso. Mi pregunta es puedo pedir el volver a pagar segun cuota de participacion? El secretario me ha dicho que no al haber firmado con anterioridad lo de los 40€. Tambien creo yo pq le toca su bolsillo ya que yo soy el que menos tendria que pagar segun mi cuota de participacion.
Gracias.
 
J
JUCURU
23/10/2008 12:42
Hola

Sobre las cuotas lo que mas hay que tener en cuenta es lo que diga la escritura porque es lo que todos teneis firmado, pero sin confundir el coeficiente de propiedad con la cuota de participacion en los gastos comunitarios, son dos cosas diferentes.

El coeficiente de propiedad lo tenemos todos y si los sumamos (en tu caso los 6) nos dara siempre 100, eso esta en funcion con el valor de cada propiedad con respecto al VALOR de todo el inmueble incluyendo los elementos comunes y esta directamente relacionado con lo que cada uno a pagado.

La cuota que cada vecino tiene que tener para los gastos comunes debe estar relacionada con los criterios establecidos en el segundo parrafo del art,5 son... Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

¿Que suele ocurrir? que hay constructores que en las escrituras ponen las dos cosas y otros solo ponen el coeficiente de propiedad, cuando solo ponen el coeficiente de propiedad la gente se confunde lo aplica y en realidad se esta pagando por el VALOR de la vivienda y no como manda la Ley, si una vivienda tiene mas metros de superficie debe pagar mas que la que tiene menos.

Lee bien lo que dice tu escritura si solo esta el coeficiente, por unanimidad siempre podeis cambiar el sistema de pago y seria legal tambien.
 

Fin del hilo
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