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B
blackrainbow
23/01/2009 10:53

Reclamación de deuda

¿Pueden los vecinos obligarme a pagar de golpe si ya llegué a un acuerdo de pago en 6 meses con el administrador de la finca?

2.605 lecturas | 3 respuestas
Debo 400e a mi comunidad y hace un mes llegue a un acuerdo de pago en 6 meses con el administrador de la finca. Ahora los vecinos no están deacuerdo y quieren que el pago sea efectivo o me demandaran.
Yo no me niego a pagar, pero no puedo hacerlo de golpe y ahora.
Pueden los vecinos obligarme? o sirve más el acuerdo con el administrador?
Gracias
 
P
PEPE123
23/01/2009 19:19
Desde el punto de vista legal, lo que te han dicho es totalmente correcto, pero yo me pregunto ¿es que se ha perdido el sentido común?. ¿Con la cantidad de problemas que hay que resolver cada día en las comunidades, y por 400 euros están pensando en demandas?. Salvo que esos 400 euros supongan un grave quebranto para la comunidad, cosa que es bastante improbable, salvo que sea una comunidad muy muy pequeña y con unas cuotas muy muy pequeñas, da la impresión de que vives con una banda de intolerantes y/o tocapelotas, cosa bastante habitual, por cierto, en muchas comunidades.
Yo, si estuviera en tu caso y no puedes pagar antes, lo haría en seis meses, y mientras se lo piensan, lo acuerdan en junta, te demandan, etc, ya has terminado de pagar.
Saludos
 
A
administradormajadahonda
23/01/2009 13:16
La asamble general de vecinos es la que tiene la potestad para reclamar por vía judicial a todo aquel propietario que adeude cuotas de comunidad, como bien a dicho en el anterior mensaje. Ni los acuerdos que llegues con el administrador ni con el presidente de la comunidad, serán validos sino estan refrendados por un acuerdo de asamblea, por lo que antes de llegar a dicho acuerdo lo deberías haber consultado en una junta general para que el resto de vecino dieran su ok. Aún así siempre existe ley de rango superior que iría encontra de este tipo de acuerdos.
 
J
JUCURU
23/01/2009 11:58
blackrainbow dijo:

Debo 400e a mi comunidad y hace un mes llegue a un acuerdo de pago en 6 meses con el administrador de la finca. Ahora los vecinos no están deacuerdo y quieren que el pago sea efectivo o me demandaran.
Yo no me niego a pagar, pero no puedo hacerlo de golpe y ahora.
Pueden los vecinos obligarme? o sirve más el acuerdo con el administrador?
Gracias


Hola,
Si pueden obligarte pero hay que seguir un procedimiento legal, te lo explico.

El proceso monitorio es un procedimiento judicial con el que se pretende exigir el pago de las cuotas debidas. Para ello, los propios vecinos, mediante una junta, deberán aprobar la liquidación del dinero que se debe y detallar los impagos. El paso siguiente será la notificación de la liquidación en el domicilio que en su momento dió el propietario moroso. Por ley basta un aviso en el tablón de anuncios de la comunidad de vecinos durante un plazo de tres días. Pasados esos tres días, el Presidente de la Comunidad podrá comenzar el proceso monitorio, para lo que deberá acudir al Juzgado de Primera Instancia e interponer una denuncia.

Se abre entonces un plazo de alegaciones para el demandado, y finalmente, será el Juez el que decida.

Este proceso monitorio permite que el moroso no tenga voto en las juntas de la Comunidad, aunque sí pueda tener voz.

CONCLUSION. Los vecinos en junta ordinaria o extraordinaria, tienen que aprobar por mayoria la liquidacion de la deuda y despues notificartelo , mientras esto no se haga tu compromiso con el administrador esta vigente, mientras tengas deudas tienes voz en las juntas pero no tienes voto
 

Fin del hilo
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