NO ME COINCIDE EL CALCULO REALIZADO EN EL TRASTERO, YA QUE SERIA, 110,96 X 0,47 (COEFICIENTE)/27,54= 1.89,
SI ME DICE QUE DEBO PAGAR EL DOBLE, SERIA 3,78 EUROS. CANTIDAD RAZONABLE.
¿PERO A QUE ME TENGO QUE AJUSTAR AL CALCULO DE LOS TRASTEROS SEGUN ESCRITURA EL DOBLE EN LA PLAZA DE GARAJE, O AL CALCULO DEL ADMINISTRADOR SEGUN SU COEFICIENTE.
GRACIAS
jucuru dijo:
Vamos a ver Antonio si soy capaz de explicartelo para que lo entiendas.
Si algun dia ocurre algun sinietro total en tu comunidad (que no ocurra) y el seguro os tuviera que indemnizar con 100 millones, a ti si te tendrian que dar 2,65 millones, puesto que tu cuota de participacion esta referida en centesimas 100 x 2,65% / 100 = 2,65
Pero en el caso de los gastos no funciona asi la cosa, lo tienes explicado en tu escritura y da gracias por ello porque en ella pone que solo pagaras los gastos correspondientes a esa planta, si no lo dijera podrias estar pagando los gastos de todo el edificio y estarias en un lio tremendo como le pasa a mucha gente.
La formula es la siguiente.
La participacion total del garaje (plazas mas trasteros) es 27,54% y los gastos por mes 110,96 te corresponde pagar.
110,96 x 2,65 / 27,54 = 10,67
Los trasteros sera
110,96 x 1,56 / 27,54 = 6,28
Mas o menos pagais como dice la escritura las plazas el doble que los trasteros, aunque el administrador deberia haber dividido los gastos a partes iguales y los trasteros la mitad..... no le des vueltas que lo que pagas esta bien.