Me gustaria que me respondierais ha las siguientes cuestiones:
-. ¿Debo pagar ahora una obra realizada en el 2007 y que en su momento no me solicitaron?
De las obras en fachada y tejado si estas obligado a pagar como todos porque formas parte de toda la unidad, pero tienes derecho a ser convocado y debetir el asunto en la junta algo que no se ha hecho, ademas las cuentas y nuevos presupuestos deben aprobarse por LEY anualmente, por consiguiente hay defectos legales en el procedimiento seguido que puedes aprovechar en tu favor en caso que te apliquen el monitorio, es decir, que te lo reclamen por el juzgado, si la cantidad es muy alta puedes jugar esa baza, manda un escrito y di que no pagaras porque las cuentas estan aprobadas, no has sido convocado y te han privado de tus derechos, en caso que sigan adelante espera hasta que lo puedas exponer al juez.
-. ¿Deben presentarme copia del acta de la reunión donde se aprobaron las citadas obras? Naturalmente que si y tienes que ser convocado, si la comunidad no puede acreditar este hecho, no tiene nada que hacer.
-. ¿Como puedo comprobar que las copias de las facturas que me presentan son auténticas? (tengo dudas sobre esto ,son hojas sacadas por impresora).
GRACIAS
Las facturas es lo de menos, son todas las actas las que debes tener, donde este todo detallado y la convocatoria que en este caso si no te la han mandado fehacientemente puedes alegar que no has recibido nada y te han privado de tus derechos, ese es el camino que tienes que defender, obligacion de pagar en ambos casos si tienes.