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pepe223
13/05/2015 17:48

Gastos abogado

¿Debo pagar por un abogado contratado por la comunidad de propietarios para reclamar ayudas de rehabilitación?

1.975 lecturas | 5 respuestas

Buenas tardes,

Hace un par de años compré un local en una comunidad de propietarios.

La citada comunidad había sido totalmente reformada y el anterior propietario había asumido su parte de gastos.

Puesto que el estado concedía ayudas para la rehabilitación, previa presentación de las facturas, se solicitaron dichas ayudas.

A fecha de hoy no han abonado a los propietarios las citadas ayudas, por lo que se han planteado contratar a un abogado para demandar y pagarlo entre todos los vecinos.

Puesto que yo entré después de la citada reforma y por tanto ni aboné nada en su momento, ni me corresponde nada ahora, entiendo que yo no debería pagar ninguna parte al abogado que contraten. Debería ser el anterior propietario el que si le interesa, abone su parte proporcional. ¿Es correcto?

 

Gracias y un saludo

 
P
pepe223
14/05/2015 17:41

No hubo contrato de compra venta.

Tras acuerdo con la inmobiliaria fuimos directamente al notario a firmar.

Se efectuó escritura habitual, donde se especificaba que el local estaba libre de cargas y al corriente de pago de las cuotas comunitarias e IBI.

Muchas gracias por sus atentas respuestas

 
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Fixin
14/05/2015 12:35

pepe223 dijo:

El gasto de la rehabilitación se generó y abonó hace 2 años.

Lo que se quiere hacer ahora es contratar a un abogado para reclamar el abono de dichas facturas (de hace 2 años).

Por la misma regla de 3, entiendo que si tuviera que pagar ahora en función de mi coeficiente, también tendría derecho a que se me abonara a mi la factura de rehabilitación que pago el anterior propietario ¿no?

Ya que no entiendo que deba asumir yo los gastos del abogado y que vaya a cobrar el anterior propietario.

 

Lo que hay que tener en cuenta es el momento de exigibilidad y quien es el propietario en dicho momento. Es decir, aunque se vaya a reclamar el pago de una subvención de hace dos años el abogado se contrata ahora y es ahora cuando se debe pagar y deben hacerlo los que son propietarios en este momento.

Igualmente, salvo que en el contrato de compraventa el vendedor se guarde el derecho a recibir posibles indemnizaciones pendientes, el importe de las subvenciones pagadas corresponderán al que sea propietario en el momento de que estas sean pagadas.

En definitiva, si usted está obligado a pagar la minuta del abogado que reclama las indemnizaciones igualmente tiene derecho a ser usted el que reciba dicha subvención si no se ha establecido lo contrario en el contrato por el cual usted compró su actual vivienda.

 
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pepe223
14/05/2015 10:17

Desconozco si en su día se hicieron bien las cosas, ya que yo entré cuando todo había terminado.

Entiendo que se hicieron bien, ya que hubo un seguimiento por parte del arquitecto del ayuntamiento.

Pero mi preocupación es conocer si debo yo asumir los gatos del abogado o le corresponden al anterior propietario, ya que lo que se va a reclamar es unas facturas que abonó él en su día y por tanto no me corresponde a mi el cobro de las mismas.

 
P
pepe223
14/05/2015 10:15

El gasto de la rehabilitación se generó y abonó hace 2 años.

Lo que se quiere hacer ahora es contratar a un abogado para reclamar el abono de dichas facturas (de hace 2 años).

Por la misma regla de 3, entiendo que si tuviera que pagar ahora en función de mi coeficiente, también tendría derecho a que se me abonara a mi la factura de rehabilitación que pago el anterior propietario ¿no?

Ya que no entiendo que deba asumir yo los gastos del abogado y que vaya a cobrar el anterior propietario.

 
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Fixin
14/05/2015 09:08

El abono de los gastos será repercutible al que sea propietario en el momento en que estos deban ser sufragados. Es decir, el gasto se genera ahora y por tanto usted está obligado a pagar en función a su coeficiente.

 

Fin del hilo
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