( el cual da a la fachada principal)
Tienes que asegurarte que ha tocado la fachada, si es asi, es zona comun y para cualquier alteracion necesita el consentimiento de los demas..Art 397 del Codigo ... Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos. en tal caso debes solicitar que conste en el orden del dia de la proxima junta de propietarios y esta puede aprobar que lo deje como estaba, en caso que la junta no se pronuncie, lo puedes denunciar tu, es una clara infraccion legal.
En caso que la obra sea interior y solo afecta a la estetica, no entraria como actividades ... molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. recogidas en el articulo 7, seria el Ayuntamiento quien tendria algo que decir, puesto que para hacer obras hay que pedir licencia.
Asi es como lo veo yo, aunque en esto de los criterios hay gustos para todos.