Volver al foro
R
ranaverde
03/06/2009 17:57

LOCAL COMUNITARIO

¿Se le puede aplicar una sanción a un propietario por dejar sucio el local comunitario?

13.143 lecturas | 13 respuestas
Hola, tengo un par de dudas sobre el uso y disfrute de un local comunitario que tenemos en la urbanización.
Este local se utiliza previa reserva y pago de un dinero simbólico para celebraciones privadas de cumpleaños, y cosas de ese tipo. Hay una normativa de uso, que entre otras cosas, una de las obligaciones es dejarlo limpio y recogido, y nunca ha habido ningún problema, hasta hace poco que un vecino pasó de limpiarlo y lo tuvo que hacer el que tenía reserva para el día siguiente. ¿se puede aplicar algún tipo de sanción ante estas situaciones de forma legal, bien sea económica, o suspensión temporal de uso, o algo así?
Por otro lado, ¿se puede legalmente prohibir fumar en el local si se vota por mayoría? Es un local grande, que tiene ventanas, pero cuando ha habido fiestas con gente fumando, al día siguiente el olor ha sido insoportable.
Gracias.
 
J
juno4
20/09/2018 21:27
¿Va a construir un local donde antes no habia nada más que tierra o van a reformar un local para darle otro uso? La.cosa cambia bastante.
 
carolinevega
carolinevega
19/09/2018 15:18

Pues de entrada lo tendran complicado, como se realiZara e

En zona comunitaria, sera necesario unanimidad, dado que esa obra no es necesaria y solo sera para actos ludicos.

Deberan tener permiso del ayuntamiento

Y como es logico deberan contratar una empresa del campo de la construccion y tener un proyecto realuzado por un arquitecto

 
B
Blont
07/03/2017 23:32

Usted solito no puede hacer nada

 
P
PEPE123
07/03/2017 19:45

Este tipo de cosas, del día a día, se regulan mediante el Reglamento de Régimen Interior, que se aprueba y/o modifica por mayoría. Los Estatutos son para otros temas importantes.

Y para modifIcar los Estatutos hace falta unanimidad.

 
N
Nmadrid
07/03/2017 18:47

Buenas tardes

En mi comunidad de vecinos se quieren modificar los estatutos para ampliar el uso del local de la comunidiad (hasta estos momentos su uso es para reuniones y fiestas infantiles de los vecinos) para otras actividades como por ejemplo que venga un monitor privado de gimnasia para dar clases a el vecino que le paga, ese vecino trae a mas amigos y reciben una clase  todos ellos. Me gustaria saber si de alguna forma me puedo oponer a dicha actividad.

 
M
MACADI
28/10/2011 09:44

Es importante redactar unas normas que se vayan a cumplir, es decir, no prohibir lo que no está prohibido, ni legalizar lo que no está legalizado.  Y teniendo en cuenta que es una zona común y que todos los propietarios/inquilinos tienen derecho por igual a su uso.

Cuándo dices que estáis debatiendo el uso que quereis darle, a qué te refieres realmente,  por ejemplo: a celebrar cumpleaños infantiles  o algo parecido.

 

 
vicmj
vicmj
27/10/2011 12:16

Buenos dias

Alguien por favor podria facilitar la normativa de su comunidad de vecinos para el uso del local comunitario? Pertenezco a una comunidad de reciente creación y estamos debatiendo el uso que queremos darle.Todavia no tenemos nada escrito.

Muchas gracias

 
M
MACADI
08/06/2009 13:23
Nosotros tenemos un local y su uso está limitado a ciertos usos y ciertas horas (23:00 h.), pues encima del local hay viviendas, y normalmente en estas celebraciones se superan los decibelios permitidos. 

Saludos
 
R
ranaverde
05/06/2009 15:50
macadi dijo:

Lo habitual es que haya un impreso dirijido al presidente o junta de gobierno, que autorizan la solicitud. Entiendo que el presidente o la junta de gobierno pueden no autorizar su uso.

En caso de que no haya unas normas aprobadas en junta o si las hay no contemplan estas situaciones, pues incluir el asunto en el orden del día y que la junta de propietarios apruebe un uso restringido para evitar este tipo de cosas.


Cobrarle la limpieza es una opción, pero ello no soluciona el problema del siguiente vecino que va a usar el local y lo encuentra sucio.

Otra opción, sería incluir un teléfono de alguna empresa que se dedique a limpieza, para que los vecinos que no quieran limpiar el local llamen y paguen a la empresa por hacerlo.

Saludos





Eso es lo que me gustaría tener claro, si el presidente o la junta pueden denegar su uso por incumplir una norma. Porque está incluido en las normas de uso del local que es obligación dejarlo limpio. Como nunca había habido ningún problema hasta esta ocasión, la verdad es que no nos habíamos planteado poner sanciones, pero después de lo ocurrido, algo hay que plantearse. Que pague la factura de limpieza, como bien dices, no lo soluciona, porque el que entra detrás se encuentra con la papeleta. No es disuasorio en absoluto, pago la factura y el que venga detrás que arree. Lo de la empresa de limpieza, pues no se, en este caso hablamos de fiesta terminada a las 5 de la mañana, y vecino que baja a preparar el local para el cumple de su hijo de 5 años a las 12. Tiempo de reacción 0 ; o te lo limpias tú o ya me dirás.
Por eso yo pensaba sancionar sin poder usar el local durante un tiempo, y que se apruebe en Junta.

El párrafo que me ha pegado Jucuru no lo veo claro, no se si se refiere a este tipo de local, que tiene un uso puntual, o a locales en los bajos de Comunidades para negocios o similar. Esos locales si tienen un propietario concreto para su único disfrute, pero aqui hablamos de una Comunidad como propietaria, con unas normas comunes y con un uso común.

Agradezco enormemente vuestras intervenciones, me ayudan mucho.
 
M
MACADI
04/06/2009 10:14
Lo habitual es que haya un impreso dirijido al presidente o junta de gobierno, que autorizan la solicitud. Entiendo que el presidente o la junta de gobierno pueden no autorizar su uso.

En caso de que no haya unas normas aprobadas en junta o si las hay no contemplan estas situaciones, pues incluir el asunto en el orden del día y que la junta de propietarios apruebe un uso restringido para evitar este tipo de cosas.


Cobrarle la limpieza es una opción, pero ello no soluciona el problema del siguiente vecino que va a usar el local y lo encuentra sucio.

Otra opción, sería incluir un teléfono de alguna empresa que se dedique a limpieza, para que los vecinos que no quieran limpiar el local llamen y paguen a la empresa por hacerlo.

Saludos


 
J
JUCURU
04/06/2009 07:18
Por eso me gustaría saber si es legal sancionar sin poder usar el local durante un periodo prolongado de tiempo, que pienso que eso duele más, pero no se si eso va contra los derechos del propietario.

Vosotros no podeis hacer eso, le corresponde hacerlo al juez, te pego el texto de la Ley que habla de esto y lo tendras mas claro.

ARTICULO 7,2... Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en el o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.

Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad, prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.
 
R
ranaverde
03/06/2009 21:56
Gracias Jucuru.
Pero me gustaría matizar en el tema de las sanciones. Depende del tipo de fiesta que hagas, es posible que te compense dejar el local sucio y pagar la factura de la limpieza, como habría sido en ese caso. Pero eso es injusto de cara al que le toque al día siguiente. Por eso me gustaría saber si es legal sancionar sin poder usar el local durante un periodo prolongado de tiempo, que pienso que eso duele más, pero no se si eso va contra los derechos del propietario.
 
J
JUCURU
03/06/2009 20:54
Las dos cosas entrarian en lo que son normas de regimen interno, el articulo 14,d, de la LPH da facultad a la Junta de Propietarios para establecer estas normas.

1º Si despues de usarlo lo dejan sucio, se aprueba en junta que se mandara limpiarlo y la factura se pasara al que falto a la obligacion de hacerlo.
2º Si mayoritariamente aprobais no fumar tambien seria de obligado cumplimiento, el problema es que estas cosas siempre traen conflictos, poder si se puede.

Articulo 14,d Corresponde a la Junta de propietarios:
d. Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen Interior.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento