Si deberian haberlo hecho, te pego un parrafo del articulo 396 del codigo civil, donde esta recogido todo.
; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores.....
Si no se hacen cada uno lo hara de una manera y afectara a la estetica.