Debes seguir el procedimiento que indica la Ley en el articulo 19,3 que dice lo siguiente...............Serán subsanables los defectos o errores del acta siempre que la misma exprese inequívocamente la fecha y lugar de celebración, los propietarios asistentes, presentes o representados, y los acuerdos adoptados, con indicación de los votos a favor y en contra, así como las cuotas de participación que respectivamente suponga y se encuentre firmada por el presidente y el secretario. Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios; que deberá ratificar la subsanación.
RESUMIENDO acogiendote a este articulo mandas un escrito al administrador lo titulas, subsanacion por omision del punto xxxxxx del acta del dia xxxxx pones lo que tu creas que debe poner y en la proxima junta si los demas estan conformes y lo aprueban, tu escrito debe adjuntarse como anexo al acta.