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S
szaballa
28/10/2009 08:47

inclusión de usuarios en el ascensor

¿Es legal cobrar una penalización a los nuevos vecinos por el uso del ascensor en una comunidad de propietarios?

1.745 lecturas | 1 respuestas
Pertenezco a una comunidad de propietarios de 20 vecinos. 8 de estos vecinos entre los que me incluyo, pusimos un ascensor en el año 2005. según he leido en la ley de la propiedad horizontal, los que quieran hacer uso del ascensor, han de abonar el coste del ascensor más los gastos de mantenimiento incrementado en el interes legal del dinero. (art. 11 de la L.P.H.)

en nuestra comunidad, hicimos unos estatutos los dueños del ascensor, en el que aprobamos que además de abonar lo que les corresponde, tendrían que pagar una pènalización de un 3% por cada año, dado que si todos los vecinos hubieran puesto el ascensor, el coste hubiera sido bastante más barato.

después de lo expuesto, me podéis decir si existen casos parecidos al mío en el que también se haya cobrado a las nuevas incorporaciones dicha penalización?.

muchas gracias de antemano.-
 
M
MACADI
02/11/2009 12:51

En principio, sin tener mucha idea, me parece que esos estatutos podrían ser abusivos.

Ejemplo:

Ascensor nuevo en el 2005,

Imaginate que compro un piso en el año 2025 en tu escalera, y tengo que pagar un ascensor de 20 años como si fuese nuevo y además con recargo debido a los mantenimientos que se han hecho durante los 20 años, como si hubiese estado utilizando el ascensor. 

Desde mi punto de vista seria lo contrario, por cada año que pasa debido al deterioro y uso del ascensor el nuevo propietario tendría que pagar menos.

Saludos



 

 

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