Hola toscani6,
como te comenta administrador22 el voto no se salva negativamente, se salva (algo que como mínimo implica voto en contra), o no se salva (abstención o voto favorable), el problema es que acerca del significado de salvar el voto existen dos posturas doctrinales, y por tanto la jurisprudencia no es pacífica al respecto, sobre la interpretación de salvar el voto. Una que entiende que salvar el voto solo exige votar en contra del acuerdo (el voto en contra es imperativo para poder impugnar si se ha asistido a la junta) y otra que además de votar en contra entiende que hay que pedir que conste en acta que se esta en contra del acuerdo ya adoptado.
Sentencias con distintas interpretaciones sobre salvar el voto las puedes leer en el siguiente enlace:
http://garciacollado.blogspot.com/2010/01/significado-de-salvar-el-voto-dos.htmlen cuanto al tema de las obras, comparto la opinion de administrador22.
Saludos.