Volver al foro
Briandera
Briandera
29/01/2010 20:37

Cuotas comunidad anteriores a compra-venta vivienda

¿Quién debe abonar las cuotas de comunidad anteriores a la compra de una vivienda?

7.442 lecturas | 5 respuestas
Buenas tardes.

Agradecería que alguien entendido en la materia me aconsejase sobre la siguiente cuestión:

El administrador de la Comunidad de propietarios me reclama por carta el abono de las cuotas de comunidad correspondientes a 3 mensualidades; estas mensualidades son las inmediatamente anteriores a fecha de compra de la vivienda por mi parte.

En la escritura firmada ante notario, y elevada a pública, referida a dicha compra-venta, se especifica textualmente que "la parte transmitente declara hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de comunidad de propietarios de que forma parte la finca descrita; la parte adquirente manifiesta conocer dicha situación y exonera expresamente a la parte transmitente de la obligación de aportar la certificación a la que se refiere el artículo 9, apartado e, de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, reformada por la Ley 8/1999, de 6 de abril ".

A la vista de lo anterior:

¿A quien corresponde el abono de dichos gastos de comunidad, al vendedor o a mí, que soy la compradora?

Gracias anticipadas por las posibles respuestas.
 
CMD_gestion
CMD_gestion
30/01/2010 20:29

Siento mucho, que te haya colado un gol el anterior propietario, pero todas las deudas que tuviera el piso, tras la compra, han pasado a ser tuyas. Siendo tú, o la persona o personas que aparezcan en el registro de la propiedad las que tienen que hacerse cargo de la deuda. Incluidos los impuestos.

Un saludo
cmd@cmdgestion.es

 
Briandera
Briandera
30/01/2010 14:02
Gracias por las respuestas, y muy clarificadora tu explicación, Administrador22.

El caso es que la vivienda -de nueva construcción y protegida- se adquiere directamente al promotor, que es el Ayuntamiento de Madrid (EMVS, para ser más exactos).

El comprador, en estos casos, siempre es una persona que accede a su primera vivienda, por lo que tiene una nula experiencia en este tipo de transacciones.

El mismo día que se firman las escrituras de compraventa te las dejan para que las leas un rato antes; recuerdo que al llegar a este punto, pregunté expresamente a la representante de la EMVS si tanto los gastos de comunidad que pudieran estar pendientes como el IBI de ese año tendría que pagarlos yo, y me contestó tajantemente que no, que el IBI corría de su cuenta puesto que era el propietario de la vivienda a fecha de devengo del impuesto (01/01/2009) y que los gastos de la comunidad los tendría que pagar yo a partir de la fecha de la firma de la escritura, que es la fecha que se le comunica al administrador que hay cambio de titular.

He de decir que yo firmé el 15/07/09, y que la comunidad de propietarios se constituyó en febrero de ese año. Esta última me reclama las cuotas de mayo, junio y julio de 2009, a 115 euros/mes.

Mi indignación es máxima por la mentira descarada de la EMVS (tengo testigos, pues un familiar cercano me acompañó a la firma, precisamente para que leyese previamente las escrituras conmigo, y, como ya digo, preguntamos expresa y concretamente sobre esos gastos de comunidad anteriores a la firma); me siento estafada y dañada en mi buena fe.

Tendré que pagar a la comunidad (¿qué culpa tienen ellos?) , pero así no se hacen las cosas.

Y espero que no me llegue la reclamación del pago del IBI de 2009. ¿Podría ocurrir?

Por que es lo que me faltaba....

Un saludo.
 
 
P
PEPE123
30/01/2010 11:07
Efectivamente, has pecado de buena fe, y ante la comunidad eres el deudor.
En cuanto a denunciar, sin ser experto, supongo que podrías hacerlo, ya que ha mentido en un documento público notarial, pero por la cuantía puede que valga más el collar que el perro.
Yo hablaría con el vendedor, a ver si le convences de que te pague esa cantidad, y si es una persona formal, o lo hizo por error, a lo mejor lo consigues.
saludos
 
Briandera
Briandera
29/01/2010 21:26
Yo he pecado de buena fe, entonces; ¿y el vendedor, no ha actuado con mala fe? No puedo denunciarle por manifestar incertamente y con ánimo de lucro una cosa incierta en una escritura firmada ante notario?
 
P
PEPE123
29/01/2010 21:10
Pues me temo que te toca pagar a tí, ya que en la escritura consta que el transmitente dice estar al corriente de pago y tu lo aceptas, incluso lo exoneras de aportar el certificado emitido por la comunidad de propietarios, de estar al corriente de pago.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento