Como bien dices, el cambio de Administrador ha de hacerse en Junta, lo más recomendable es en una ordinaria, pero en caso de algún tipo de problema o de haber dejado de confiar en vuestro administrador se puede hacer en una Junta Extraordinaria, donde el orden del día sea Cese del actual Administrador y aprobación de uno nuevo si procede.
1. Si no teneis contrato no tiene porque, mientras no tengais que abonarle ningún pago atrasado.
2. El presidente por regla general es el que siempre convoca todas las Juntas, tanto ordinarias como extraordinarias. Se lo puedes mandar al Administrador para que distribuya la convocatoria, o bien vosotros mismos entregandola en los buzones, mandandosela a las segundas direcciones o llamandoles y poniendo la convocatoria en el tablón o en algún sitio visible del portal.
3. No tienes que dar más explicaciones qe las que quieras alegar, vosotros sois los clientes y los que elegís en todo momento quien quereis que sea el Administrador.
4. Para las Juntas Extraordinarias no hace falta que vayan los Administradores, y por ética, viendo que el motivo de la reunión es para cesar al actual, es mejor que no sea él, el que levante el acta. por lo que en su defecto la debe levantar el Secretario o el Presidente. Al tratarse de una Junta Extraordinaria, pues la ordinaria, según comentas en en Junio, no tiene que haber cambio de Junta Directiva, pues este se producirá en el momento de la presentación de las cuentas anuales y aprobación de presupuesto.
Esperamos haberle servido de ayuda, un saludo.