Con independencia de que hayas pagado o ono TU PUEDES USAR LOS SERVICIOS COMUNES DE TU COMUNIDAD, no pudiéndote impedir su uso.
Sólo Ste pueden privar del derecho a voto en las JUNTAS (proque puedes asistir y hablar.
Si no has pagado, suponiendo que estés obligada a su pago, que lo reclamen judicialmente.
Pide al presidente que te explique la causa de que tecieeren la puerta.
Miguel Ángel