Hola:
En la primera respuesta está la solución. El IBI lo paga el dueño de la propiedad a día 1 de enero.
Por lo tanto tú no debes pagar nada, ni el dueño te tiene que descontar nada. Lo paga él.
La historia viene que cuando el que vende es una inmobiliaria, hacían pagar el IBI al comprador. Digo hacían porque ahora como las cosas van mal, no se meten en estos racaneos.
Si el dueño a 1 de enero no paga, el Ayuntamiento va a ir contra él, nunca contra tí. Por eso las inmobilarias se cobraban por adelantado el IBI.
Pero este es el caso contario.
Saludos