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maryflower.4
28/10/2010 16:27

hostal con derechos en la comunidad

¿Cómo solucionar el problema de ruido y vibraciones causado por el aparato de refrigeración del vecino propietario de locales en la comunidad?

2.933 lecturas | 2 respuestas

expongo aqui mi caso por si alguien pudiera ayudarme .Mi caso es que somos una comunidad de 9 vecinos + un vecino especial que es propietario de los locales y entresuelos que en su conjunto son un hostal + restaurante.en los gastos de la comunidad él también entra pues en el entresuelo tiene una puerta de emergencia que sale a nuestra escalera asi que tiene derecho a nuestra escalera.el problema viene cuando en su local tiene instalado el aparato de refrigeracion y hay vecinos que se quejan por ruidos y vibraciones.los cambia y los pone en la terraza arriba del ascensor y los tapa con unas cajas de metal entonces se quejan los vecinos del último piso y a los 2 años sin avisar a ningún vecino ni al administrador viene una grua y quita los que puso,no por las quejas sino porque le dieron problemas a él y los reemplaza por otros dos mucho más grandes argumentando que esos son los que no van hacer nada de ruido.mis dudas  son :que podemos hacer para que los quite y si tendria que haber pedido permiso al ayuntamiento ademas de informar a los vecinos de que iba a hacer cambios en la terraza.muchas gracias

 
CarlosMas74
CarlosMas74
02/11/2010 22:12

por cierto, lo de avisar al Ayuntamiento es otro tema: si le dieseis permiso para instalarlos aparatos de aire, obviamente habría que exhortarle a hacerlo de modo legal. Es entonces cuando habría que pedir (y pagar) la correspondiente Licencia al Ayuntamiento, según el tipo de obra que sea.

 
CarlosMas74
CarlosMas74
02/11/2010 22:10

Según la Ley de Propiedad Horizontal, artículo 7.1 "El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador."

Según dices, este vecino es propietario y participa en la Comunidad, por lo que ha de comunicar si va a realizar cualquier obra: eso, si es en terreno particular. En zona comunitaria como parece ser donde dices, no puede hacer ninguna alteración, como entiendo que es poner un aparato o dos de aire.

Según el Artículo 9.1. "Son obligaciones de cada propietario: a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos. (...) g) Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados.

Ah, y el hecho de informar a los vecinos de dicho cambio, si es zona comunitaria, no sirve tampoco: habría que aprobar en Junta que dicho vecino pueda utilizar una zona comunitaria para uso privativo... ten en cuenta que las zonas comunitarias son tan suyas como tuyas, es decir, es un bien compartido entre varios, y no puede llegar uno y decir, ¡hala, aquí planto mi bandera, que lo sepais!

Saludos
Carlos Más

 

Fin del hilo
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