Buenas:
Intentare ayudarte.
Si los gastos son individuavizables como el agua se puede poner un contador para cada comunidad.
Para segregar las comunidades es necesaria la unanimidad.
Los estatutos estarán en el registro si cuando se hicieron se elevaron alli si no no estarán pero en caso de no estar inscritos en el registro los estatutos que hay no obligarán a terceros (los que adquirieron la vivienda con posterioridad a la creacion de los estatutos).
El secretario tiene la obligación de custodiar la documentación de la comunidad durante 5 años asi que debe hablar con el secretario que haya por si la tiene o con el que hubiese en ese momento.
Siempre si no aparecen pueden hacer unos estatutos nuevos aunque tienen que tener en cuenta que para la creación, modificiación o supresión de los estatutos es necesaria la unanimidad.
Un saludo