Si vuelve con la misma de que es un edificio protegido, dile si se ha leido el plan general de ordenación urbana de Madrid del 97 que regula, entre otras cosas las obras en edificios protegidos. Y como te dirá que no o a lo mejor te dice que sí, dile que se lea el Artículo 8.2.7 Obras admisibles en edificios protegidos (N-1) antes de ir molestando en base a su ignorancia.
Dicho artículo se encuentra en la página 456 del siguiente documento que te adjunto (pgoum 97, revisión 2009)
http://www.licmad.es/pdf/COMPENDIO%20NN.UU_version%20julio%202009.pdf
Ni siquiera estás obligado a poner una puerta de acceso a tu vivienda del mismo color que el resto, a pesar que lo has hecho de buena voluntad para guardar la estética. Y que si quiere denunciar,que no meta a la Comunidad por medio, que lo haga el mismo con su dinero, no con el dinero los demás, si tan seguro está que eso tienes que cumplirlo, que estás deseando que lo haga.
Y vuelvo a lo mismo, no te pierdas ni una reunión de la Comunidad. Tienes que desenmascararlo delante del resto de propietarios para evitar que vaya por la espalda malmetiendo en las conversaciones de ascensor con otros propietarios. De esta manera pierden credibilidad y se lo pensará dos veces en otra ocasión.
Y si necesitáis pasar la ITE u obras de todo tipo en el edificio, acuerdate de mi.
Un fuerte abrazo.
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