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gada
13/05/2011 08:03

VECINO MOROSO DESAPARECIDO

¿Cómo cobrar las cuotas atrasadas de un vecino moroso desaparecido con hipoteca y deuda con la comunidad de propietarios?

4.589 lecturas | 5 respuestas

En mi comunidad hay un vecino moroso desaparecido (creemos que se ha ido a su pais y ya no está en España), el caso es que el piso está hipotecado pero aún no figura el banco como propietario en el registro de la propiedad. Debe 2 años de cuotas a la comunidad ¿sabe alguien qué debemos hacer para poder cobrar ese dinero que debe? ¿el banco debe atender esa deuda?

 
elenasf
elenasf
18/05/2011 17:49

La deuda la tiene la propiedad, independientemente si uno es moroso y el otro no, hay que demandar es a todos los propietarios.

 
daigual
daigual
14/05/2011 17:31

Pues entonces a éste le reclaman sobre el 30% que le corresponde y al otro u otros por el 70% restante

 
Montecerrao2006
Montecerrao2006
14/05/2011 15:52

¿ Si el propietario moroso lo es del 30% de la propiedad ?.

 
daigual
daigual
13/05/2011 15:55

Han esperado demasiado para iniciar algo contra esto.

Las deudas sólo son requeridas a los propietarios del momento, y si cambia en un momneto dado, sólo se puede reclamar el año en curso y el inmediatamente anterior al nuevo propietario. El resto, tend´ran que buscar por donde sea al anterior propietario para reclamarle.

 
elenasf
elenasf
13/05/2011 14:25

Veo difícil que cobréis de este propietario si se la largado.
Pero si lo queréis intentar, tenéis la opción de liquidar la deuda en una Junta de propietarios para internar poner un monitorio al actual propietario, te recomiendo si lo hacéis, que a parte del burofax, que será devuelto sin recoger, pongáis la deuda en el tablón de anuncios durante 3 días y adjuntar a la documentación del monitorio un certificado con firma del presidente de que ha estado expuesto la deuda en el tablón durante esos días . Al Juez no le vale que le has notificado la deuda si el Burofax no lo recoge, entonces solo esta la opción de pedirle edictos o esto que te digo del tablón.
La otra opción es esperar a que el banco sea el propietario y seguramente perder parte de la deuda por que solo estaría obligado al año en curso y año anterior.

 

Fin del hilo
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