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E
elibet
08/07/2011 10:57

PISCINA PRIVADA

¿Qué hacer si un vecino instala una piscina sin permiso en la comunidad?

2.687 lecturas | 6 respuestas

Buenos dias, Tengo una consulta urgente. HAy un vecino de los bajos de la comunidad, que ha instalado una piscina en el jardi. No ha pedido permiso a la Comunidad. Ahora se quiere debatir en Junta. Si ya la tiene instalada, en caso de que queramos hacersela quita ¿podemos? Que porcentaje de vostos se necesita para tanto dejarsela como hacérsela quitar? Si se decide que no queremos la piscina porque puede prvocar humedades en el garage ¿qué procedimiento administrativo debemos seguir para que la quite?

Muchas gracias

 
Burofaxtor
Burofaxtor
08/07/2011 19:01

Si las escrituras determinan que ese jardín es suyo, no solo el uso, creo, y digo creo porque soy arquitecto, no especialista en LPH como Macadi, que tiene pleno derecho a efectuar esa piscina. Me viene una Comunidad a la cabeza en la sierra de madrid que les hice un informe y tenían esa stiuación, siendo totalmente legal. Eso si, cada caso...

Sin embargo, comentas algo importante, que hay un garaje, que entiendo que es coincidente en su proyección vertical con la piscina (no que el garaje se encuentre en un lateral, por así decirlo y no coincida con la piscina).

No sé que dimensiones tendrá la piscina, pero si es más que una simple piscina de chapoteo para niños, puede afectar la estructura por la introducción de una carga en forjado/losa de garaje no contemplada en el proyecto inicialmente, además del tema de las humedades.

Si el jardín es de la Comunidad, coincide justo con el garaje, aparte de las acciones en junta de propietarios para obligarle a restablecer al estado de origen el jardín, deberías comunicarlo en el ayuntamiento y solicitar inspección del técnico municipal... porque esa piscina debe tener menos papeles que una liebre.

En cuanto a la normativa en catalunya, habiendo hecho unos cuantos informes de defectos constructivos allí te diré que tanto normativas e incluso dosctrina jurisprudencial varían en algunos casos enormemente, en grave perjuicio al consumidor. Pero en este caso tuyo, como se trata de no haber abonado tasas y licencias, aparte del proyecto, seguro que no hay problema.

suerte!

 
E
elibet
08/07/2011 11:51

Muchas gracias por tu respuesta. No creo que en éste apartado haya ningún diferencia con las leyes de Catalunya. Gracias de nuevo

 
M
MACADI
08/07/2011 11:45

Veo que eres de Girona, tenéis una Ley para Cataluña, tal vez ponga algo diferente.

 

 

 
M
MACADI
08/07/2011 11:42

A mi entender necesita Unanimidad, es decir, que en junta de propietarios no vote nadie en contra, y que además pasados 30 días del envío del Acta a los propietarios, ninguno de los no asistentes ni representados a la junta muestre su disconformidad con el acuerdo.

Si fuese una piscina pequeña de lona para niños pequeños entiedo que sí podría ponerla.

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Lo que hay que hacer, además de votar la autorización de esa instalación (como ya está instalada), tb. votar las acciones a tomar, por ejemplo, en caso de que no se autorice la instalación, informar al propietario de que no se autoriza la instalación, y exigirle que haga las reformas necesarias para que el jardín vuelva al estado original, darle un plazo razonable,  una vez transcurrido el plazo iniciar la vía judicial.

  

 
E
elibet
08/07/2011 11:30

Hola Macadi,

Es de uso privado, sí ha hecho reformas (agujero para el vaso de la piscina...) y solo la puede usar el

 
M
MACADI
08/07/2011 11:24

¿El jardín es de la comunidad, pero de uso privado?

¿Qué tipo de piscina es?  ha hecho reformas en el jardín para su instalación.

¿Esa piscina la pueden usar todos los propietarios o sólo él?

 

Fin del hilo
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