Si en lugar de "devolver la subvención" lo planteamos como anulación de una derrama, parece que la cosa cambia, pero en realidad es lo mismo.
Igual que se aprobó una derrama, para poder empezar las obras, se puede aprobar una devolución total o parcial de la misma.
La junta de propietarios es soberana, y puede hacer lo que quiera, dentro de la Ley, y no conozco ninguna Ley que diga que lo que entra en caja no se puede sacar.
Caso similar sería si se ha capitalizado en exceso, la comunidad tiene muchos fondos, y se decide repartirlo entre los propietarios, ¿por qué no?. Normalmente no se suele hacer así, se suelen congelar cuotas, etc, pero, insisto, los propietarios son los dueños de la comunidad, y pueden hacerlo.