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M
marmer28
25/11/2011 18:48

DOS COMUNIDADES EN EL MISMO EDIFICIO????

¿Es legal la gestión de dos comunidades en un mismo edificio?

16.176 lecturas | 9 respuestas

Buenas tardes.

Llevo viviendo en este edificio unos 5 años y sabía que se gestionaban dos comunidades. Una para viviendas y locales y otra para garajes. Desde hace unos meses soy presidente de la comunidad de viviendas y han caido en mis manos un montón de documentos, que desde mi poco conocimiento de estos temas, me da la impresión de que la gestión de dos comunidades no es legal y además una está perjudicando a la otra, economicamente hablando (la de garajes a viviendas, me refiero)

Resulta que he encontrado la legalización y registro de libro de actas que hacen referencia a una única comunidad de propietarios y que engloba al edificio como finca única.

Por otra parte, estos vecinos, días antes de crear la comunidad en el año 2000, habían redactado unos estatutos (los cuales no están pasados por el registro) en los que aparte de relacionar unas normas de convivencia mencionan la creación de una comunidad independiente para cocheras y sus normas de gestión. Estos estatutos están firmados únicamente por 8 propietarios de viviendas, de los 10 que configuran el edificio. No los firma ningún propietario de locales y lo más gracioso de todo es que no aparece la firma de ninguno de los 16 propietarios de garajes.

Me gustaría saber si esto es legal y en caso de que no, cual sería la forma de deshacer esta "subcomunidad" y regirlo todo desde una única entidad.

Muchas gracias por contestar

 
M
marmer28
30/11/2011 10:39

Muchas gracias otra vez, PEPE123.

El tema administrador es otra cuestión candente dentro de esta comunidad. Los mismos que ocultan metros para pagar menos y que a la vez crearon unos estatutos (que no son legales) para gestionar la comunidad de cocheras aparte, son los que se oponen a un administrador y entre otras cosas, juntos, tienen el mayor porcentaje de coeficiente de participación.

Una encerrona de dos pares de narices. 

Pronto convocaré una junta para exponer todo esto a los vecinos y al menos informar de la ilegalidad que se está produciendo, creo que de esta manera se hará responsable a todo el mundo de esta ilegalidad para que si el día de mañana ocurre algo, nadie pueda decir que no estaba informado.

Sigo pendiente de este tema y de vuestros consejos. Por mi parte os contaré lo que suceda en la junta y a la concusión final a la que se llegue.

Gracias nuevamente.

 
P
PEPE123
29/11/2011 21:26

marmer28 dijo:

Muchas gracias por tu aclaración, Erineos.

El garaje del edificio no es un local aparte, cada plaza de garaje está claramente identificada (al igual que viviendas y locales) en las escrituras de división horizontal.

 

Pues en ese caso está claro que es una sola comunidad, y además dices que las dos teóricas tienen el mismo CIF. Evidentemente, con el mismo CIF no puede haber dos comunidades, aunque se estén gestionando por separado.

Deberiais hacer una junta general para aclarar todo este lío, y redactar unos estatutos (y legalizarlos) si es vuestro deseo.

No se si teneis administrador, pero puede ser una buena idea que os planteeis tener uno, que os aconsejará y solucionará todos estos temas. 

 
M
marmer28
29/11/2011 17:43

Muchas gracias por tu aclaración, Erineos.

El garaje del edificio no es un local aparte, cada plaza de garaje está claramente identificada (al igual que viviendas y locales) en las escrituras de división horizontal.

 
ERIENOS
ERIENOS
29/11/2011 17:37

Buenas tardes, por lo que comenta creo que el caso de su comunidad es el siguiente, la zona de garage esta constituida como un solo local dentro de la Propiedad Horizontal del edificio, pero con la salvedad de que se compone de diferentes porciones indivisas (las plazas de garage y a veces trasteros) las cuales se adquieren con derecho exclusivo de uso de determinado espacio numerado señalado en plano en el contrato o escritura notarial de compra. Es decir la totalidad de la zona de garage conforma un solo local del edificio con la salvedad de que cada porcion del mismo corresponde a diferentes individuos (de ahi que hay dos comunidades).

Ahora bien, este caso da lugar a una Comunidad de Bienes (no a una Comunidad de Propietarios) donde cada propietario de las partes tendra uso de disfrute de la misma y de los servicios comunes acordados asi como de las cuotas correspondientes a su plaza a efectos de distribucion de gastos y cargas correspondientes. Esta comunidad de bienes se rige conforme al art. 392 y siguientes del Codigo Civil.

En cuanto a lo referente a la Comunidad de Propietarios al ser todo el garage un solo local se rige conforme al art. 15.1 de la LPH en su parrafo 2 por lo cual deben nombrar a un representante para acudir y votar en nombre de todos a las juntas de la Comunidad de Propietarios.

Dicho todo esto, si es posible que haya dos Comunidades pero lo que si deben de estar las dos es perfectamente constituidas aparte y registradas.

Las plazas de garage no deben de aparecer en el titulo de compra -venta de las viviendas, deben tener titulo aparte.

 
M
marmer28
29/11/2011 17:26

Haroldo, en mi comunidad no existen ni siqiera dos CIF distintos. Hay uno solo que es el que concedió hacienda en base a la documentación que se le presentó de una única comunidad.

Hasta ahora no lo he comentado, pero todas estas dobles gestiones y raro entramado, creo que se hizo con la única intención de ocultar los trapicheos del promotor con unos cuantos vecinos, que entre otras son familia suya. Plazas de garaje que no se ven fisicamente y que por casualidad están incluidas en locales ... metros y metros que se han chupado acosta de otros vecinos .... Gentuza que se oculta detras de mascaras de buena gente que dice no saber nada, hasta que quieren saber ... (chorizos)

 
M
marmer28
29/11/2011 17:20

Muchas gracias Pepe123. Por lo que he podido comprobar en el libro de actas, los estatutos se aprobaron, pero no se indica el porcentaje de votos sobre los asistentes, con lo cual no se sabe si alcanzaron unanimidad. Por otro lado los estatutos no se llevaron al registro nunca. ¿Significa esto que esos estatuos no tienen validez ninguna?.

Aparte de esto  y aún cumpliendo los requisitos legales: ¿bastarían estos estatutos para poder gestionar otra comunidad para garajes ?, la cual por cierto se mueve con el mismo CIF que la de viviendas. O lo que es lo mismo, hay un único CIF y a mi parecer una única comunidad.

 
H
HAROLDO
28/11/2011 10:35

En mi comunidad también existen 2 comunidades, con dos CIFs distintos.

Como Presidente de la Comunidad original del edificio "denuncié" el caso ante Hacienda, pues no existe ninguna autorización para que el garaje se constituyese en otra Comunidad, y solicité la documentación de la concesión del segundo CIF.

Hacienda se negó a darnos documentación alguna, alegando que únicamente facilitan este tipo de datos a los juzgados.

Tuvimos que desistir de seguir adelante con las gestiones, por desconocer los gastos que se nos podían ocasionar.

Si a alguien se le ocurre otra fórmula para conseguir solucionar este asunto, me encantaría conocerla.

Saludos.

 
P
PEPE123
27/11/2011 19:48

Los estatutos, actas, etc NO deben ser firmados por los propietarios.

Los estatutos, para que sean válidos, deben haberse aprobado por unanimidad en una junta, y que así conste en la correspondiente acta, que debe ir firmada por el secretario y el presidente, como dice la LPH.

Y después, legalizados en el registro de la Propiedad.

 
M
marmer28
26/11/2011 13:30

La comunidad se registró en el año 2000, pero se registró en base a una única comunidad y en base a una única finca.

Los estatutos no se presentaron en el registro.

Una de mis dudas es si al margen de que los estatuos no estén registrados, ¿para que tuvieran validez legal, no deberían de estar firmados por el 100% de los propietarios?.

Muchas gracias por contestar y por tu interés. No se si podras resolverme esta duda.

 

Fin del hilo
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