En el seguro de la comunidad, normalmente se asegura el continente de zonas comunes del edificio, y no se asegura las zonas particulares.
Los seguros de los edificios no es obligatorio. Pero si su contratación se acordó en junta, el local está obligado a pagar. Porqué si mañana el edificio sufre una desgracia, tipo terremoto de Lorca, al bajo se le tendrá que abonar la parte que le corresponda.
Me gustaría saber como se puede desvincular una propiedad de un seguro comunitario