los vecinos pueden convocar junta y que sea legal, cuando se consiga al menos el 25% de los propietarios, pueden poner en la convocatoria todos los temas que quieran a tratar, desde lugar de reunión de las juntas, a remover al presidente y al administraor (pero ojo, quitar al administrador puede costar dinero, ya que habra que liquidarle hasta que cumpla el año).
siempre que en la junta se consiga la mayoria de los presentes, quedará aprobado el tema.
El que vaya menos gente a la reunión, no tiene porque repercutir en beneficio de nadie, tambien puede pedir ustedes la representación a quien no vaya..
Debe de tener muy en cuenta, que ni el administrador, ni el presidente, tienen derecho a imponer nada, si esto ocurre, ustedes son los responsables.