En el artículo 12 está escrito:
La construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes afectan al título constitutivo y deben someterse al régimen establecido para las modificaciones del mismo. El acuerdo que se adopte fijará la naturaleza de la modificación, las alteraciones que origine en la descripción de la finca y de los pisos o locales, la variación de cuotas y el titular o titulares de los nuevos locales o pisos.
En negrita: cualquier otra alteración de las cosas comunes afectan al título constitutivo
Hay que diferencia conservación y mantenimiento de alterar una zona común.
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La junta de propietarios se pronuncia votando los asuntos, si se obtienen los votos necesarios según el artículo 17 de la ley, el asunto se aprueba y si no se obtienen los votos necesarios se desestima.
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Es muy importante tratar los asuntos por separado, es decir, no mezclar.
Una cosa es aprobar un asunto cons sus gastos, presupuestos, derrama, ... y otra cosa es la forma de contribuir con los gastos.
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Nos podías detallar un poco más, es decir, estado actual de la fachada y estado despues de las obras (qué es lo que se va a hacer), y el número de presentes en junta, votos a favor, en contra abstenciones.