Las juntas de propietarios se convocan para que éstos se pronuncien sobre los asuntos incluidos en el orden del día. Estos asuntos hay que llevarlos preparados para exponerlos, y resolver cualquier duda que pueda surgir (incluyendo presupuestos, derrama,etc)
En ese punto no hay ningún asunto, es decir, poner eso y nada es lo mismo, ese asunto es comparable al último punto que suele ponerse en el orden del día de todas las juntas, Ruegos y preguntas.
Cuando un propietario recibe una convocatoria, debe de saber para que se le convoca.
Si se convoca a los propietarios de una comunidad con ese punto que mencionas, lo único que se está haciendo obtener información para hacer otra junta en la que se incluyan los asuntos más importantes para que los propietarios voten.
Una junta con ese único punto no sirve para ejecutar nada, excepto que vivas en Cataluña.