zuastimanitas dijo:
HOLA:
Queria saber si la empresa de mantenimiento de la comunidad no cumple con la obligaciones,es decir ,con lo estipulado en su contrato con la comunidad,al entrar otra empresa ,¿tendria que absorber al trabajador?.
Un saludo.
Me gustaría responderte desde la experiencia, al igual que el compañero Ivanaerox, sin embargo yo no soy propietario de una empresa de limpieza, pero si presto servicios como contable en una de Granada.
En primer lugar, compruebo como algunas personas se saltan a la torera o que les trae al fresco los derechos laborales de los trabajadores. Luego nos echamos a llorar cuando salen casos como Coca Cola, ERE´s... pero eso ya es cosa de cada uno.
En segundo lugar, y entrando en faena, la subrogación de personal es un DERECHO, y lo pongo en grande y negrita del TRABAJADOR, es un derecho personalisimo, ni la Comunidad de Propietarios (cliente), ni la empresa de limpieza (que no cumple) y ni la nueva empresa de limpieza (que vaya a entrar) tienen potestad alguna para delimitar ese derecho. Es más, esto no hay que irse a ningún Convenio Colectivo, sino al Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 44 (aún vigente): Artículo 44 La sucesión de empresa
1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.
En tercer lugar, el compañero Ivanaeros ha informado de una triquiñuela para que no sea absorbido el personal que presta servicios en el centro, pero CUIDADO, que aquí ya si entran a concretar los Convenios Colectivos. En el de Granada, por ejemplo dice:
Artículo 28.6: En caso de que un cliente rescindiera el contrato de adjudicación del servicio de limpieza con una empresa, por cualquier causa, con la idea de realizarlo con su propio personal, y posteriormente contratase con otra de nuevo el servicio, en el plazo de un año desde la rescisión de la contrata, la nueva adjudicataria deberá incorporar a su plantilla al personal afectado de la anterior empresa de limpieza, siempre y cuando se den los requisitos establecidos en el presente artículo.
Es decir, lo de dejar 6 meses desierto el tema, no sirve siempre. Y se la puede jugar la Comunidad de Propietarios a una demanda de la trabajadora.
En último lugar, y como opinión personal, me repatea muchísimas veces que las Comunidades de Propietarios se hagan las víctimas de estos temas, cuando quien realmente sufre es el trabajador. Las C.P parecen querer actuar al margen de la ley, cuando son entes con personalidad jurídica propia y por lo tanto valedores para ejercer y que ejerzan sobre ellos el Derecho.
PD: Ya de paso, os informo de una temática que se suele dar de vez en cuando. El presidente o presidenta está hasta las narices de la mujer de la limpieza o de la empresa o lo que sea, y coge de forma unilateral y envía la carta de rescisión con el preaviso acordado. Bien, pues si no hay junta de propietarios ordinaria o extraordinaria, votación..., eso es una decisión única de la presidenta, que no tiene potestad para ello. Lógicamente, la empresa no sabe si hubo o no junta, ni le interesa. Pero hubo un caso muy particular con nosotros y la trabajadora sabía con seguridad que no hubo reunión. La empresa que la subrogó, la dió de alta menos horas de las que la teníamos, una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, sin preaviso ni acuerdo.
La trabajadora demandó a la empresa nueva y a la Comunidad de Propietarios, a la primera por modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin preaviso y a la segunda por rescisión unilateral del contrato de limpieza, habiéndole afectado a la consecuente subrogación con la nueva empresa. Sólo os diré que la indemnización que le ha llegado a la Comunidad de Propietarios es de aupa y, solidariamente a la nueva empresa que la subrogó, ya que llevaba aproximadamente 10 años en el centro.