Pues si el ayuntamiento no tiene norma en contra, los estatutos tampoco lo prohiben, lo que tiene que hacer es convocar junta y tratar el tema en el orden del dia para que sean los vecinos los que con sus votaciones decidan si permiten el nuevo uso o se oponen al mismo. Un consejo pregunte a su administradora si les va a cobrar por la asistencia a la junta que me imagino sera extraordinaria, si les cobra y cuanto porque a lo mejor le sale mas a cuenta que sea el presidente el que convoque la junta sin presencia de la administradora y se ahorran el coste de la presencia de la administradora.