El vecino que llego tarde tiene derecho a voto igual que el resto, salvo que este privado de el por morosidad. La LPH no recoge como excepcion para votar el retraso de asistencia a la junta, tampoco el codigo civil. Ademas llego a la junta cuando esta se estaba aun celebrando por lo que deduzco que su asistencia esta reflejada y debe estarlo en la lista de asistentes a la junta, por lo tanto vota. Normalmente a las juntas los vecinos que asisten no llegan todos a la vez muchos se van incorporando a ella cuando pueden y no por ello se les puede privar de us drecho de aistencia, opinion o voto