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S
sanjose
13/08/2012 12:34

poner canal deporte sin consentimiento

¿Puedo negarme a pagar una factura de telecomunicaciones no aprobada en acta?

3.888 lecturas | 10 respuestas

Hola buenos dias mi pregunta es la siguiente en mi comunidad un vecino a llamado a una empresa de telecomunicaciones para poner un modulo para poder ver el canal deporte este señor llamo sin que lo sepa el presidente ni los vecinos pero la administradora si lo sabia pues es la que tiene las llaves para poder entrar en el cuarto de telecomunicaciones dicha persona dio las llaves para que lo instalaran sin consultarlo con el presidente ni vecinos, pues yo he hablado con el presidente y vecinos y los da igual todo pues dicha factura era de 300 euros pero cuando an andado en la antena an originado otra de 600 euros. 

Mi pregunta es la siguiente yo me puedo negar a pagar dicha factura pues no esta aprobada en ningún acta.

 
F
Fixin
14/08/2012 08:54

La LPH, en su art. 18.2, legitima para la impugnación judicial de los acuerdos a los propietarios que “hubieren salvado su voto en la Junta” (Sentencia de la AP Salamanca de 15 abril 2002).

Con anterioridad de la reforma por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, se legitimaba al propietario "disidente", lo que permitió entender que la legitimación se otorgaba a todo propietario que no estuviese conforme con la propuesta. En la actualidad la LPH legitima sólo a los propietarios que "hubieren salvado su voto".

Salvar el voto , según la Sentencia de la AP Asturias de 18 junio 2002 se convierte en garantía de la seguridad jurídica de los propietarios que votan a favor, y que confían en que los presentes que no manifiestan un interés frontalmente contrario a su adopción carecen de interés para su impugnación posterior.

Por ello, sólo se encontrarán legitimados para impugnar los acuerdos, los propietarios que hubiesen votado en su contra, siempre que esa circunstancia se hubiera reflejado claramente en el acta de la Junta indicado que “han salvado el voto” (Sentencia de la AP Cádiz de 22 mayo 2002).

 

Fin del hilo
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