Volver al foro
triball
triball
29/08/2012 13:46

¿Tienen los morosos derecho a subvencion?

¿Los propietarios morosos tienen derecho a recibir parte de una subvención para la reforma del edificio?

4.673 lecturas | 4 respuestas

Hola,

 

en nuestra comunidad tenemos un problema muy grande de morosidad. Ahora, dentro de poco nos ingresan en la cuenta de la comunidad una parte de una subvención por la reforma integral del edificio protegido que luego habría que repartir entre los propietarios que la hayan solicitado segun su coeficiente y demás datos  Mi pregunta es: los propietarios morosos cuya deuda deriva del no pago de la derrama para la reforma, ¿tendrán derecho a que se les pague su parte de la subvención? Opino que la subvención sólo puede servir para el pago de la reforma, y si no han pagado la derrama, ¿por qué darles dinero?

¿Sabe alguien de alguna sentencia en ese sentido?

 

Gracias

Christopher

 
C
cafeton
27/12/2020 16:10

que pena Triball no le responde.

Claro en su descargo diré que su intervencion es del 2012.

Eso ocurre por desempolvar preguntas de hace OCHO AÑOS

 
Olgaaa
Olgaaa
24/12/2020 19:07

No les embargaron nada a los morosos por los impagos en esa comunidad?

 
Olgaaa
Olgaaa
24/12/2020 19:06

Con esto que se entiende, que la subvención va a la cuenta de la comunidad y después ellos la reparten como quieren? es q no lo entiendo muy bien.

Gracias :)

 
triball
triball
30/08/2012 10:55

Gracias por la rápida respuesta. Tengo una notificación de  la EMVS contestando a una consulta en este sentido que dice, entre otras:

"...el pago de la subvención se realiza en la cuenta bancaria designada por los representantes de la propia comunidad, la cual, en ejercicio de la facultad de autoorganización que le otorga la vigente Ley de Propiedad Horizontal, deberá decidir el modo de hacer frente a los gastos derivados de las obras de rehabilitación..."

"... la comunidad de propietarios deberá velar por que la subvención total percibida se destine en su conjunto al pago de las obras subvencionadas, y que la cuantía individualizada concedida a cada uno de los copropietarios se aplique a las derramas que le correspondan con motivo de su obligación legal de asumir los costes derivados de gastos generales de la comunidad, en este caso las obras de rehabilitación subvencionadas."

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento