Sí, hay una ITE favorable, no hay ningún requerimiento para intervenir en la finca, por eso no les otorgan subvención, para que se la otorguen debe haber un informe de un técnico superior, (arquitecto) y con él, solicitar subvención, pero en su caso como carecen de iITE desfavorable o informe técnico que lo avale, la pretensión de la comunidad de realizar trabajos que no son de conservación, exceden del deber de conservación y se trata de una obra no necesaria que el disidente no está obligado a soportar, no pudiendo la comunidad impedir que se aprovechen de la mejora no requerida, por todo ello lo abonarán quienes voten a favor del acuerdo. Para abonarlo, tendrán que completar al 100% el diferencial que resulte, con arreglo a sus porcentajes (una regla de tres simple directa).
Ud. nos indica que el tejado necesita reparación, y la ITE les está indicando que no necesita nada la finca, primeramente tiene que haber una CONCORDANCIA en su exposición, para que se le pueda responder con el mínimo de propiedad.