En primer lugar, el constructor, aunque tenga 14 pisos, SOLO TIENE 1 VOTO. Eso sí, la cuota es la suma de los 14 pisos.
Segundo, para eliminar el servicio de ascensor es necesaria mayoría de 3/5 en votos y cuotas.
Conclusión, existen 15 votos, por lo que, si en la junta, 7 o más votan que no se suprima el servicio de ascensor, éste no puede ser suprimido, ya que la propuesta no alcanzaría la mayoría necesaria, por lo que no podría ser aprobada.
Si, a pesar de esto, el constructor se empeña en dar por aprobada la supresión, impugnen la decisión.
Por cierto ¿qué dice la administradora? ¿la ha puesto el constructor?