En la Ley de Propidad Horizontal no se trata ste tema.
Claro que si el correo comercial tiene destintario propiio no se puede prohibir. Yo aconsejo a las Comunidades la instalacion de un buuzon exterior para publicidad o la instalacion de doble puerta para eviar en la medida de lo posible el acceso de los repartidores a las zonas comunes de la finca.
Y desde luego aconsejo a los veciinos a que liimpien el buzon de propaganda por peligro de incendio y como medida de seguuridad para evitar que los cacos detecten inmuebles desoocupados o con propietarios ausentes.
Editado por MAXQUEFINCAS 30/01/2013 8:48
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