Buenas noches:
En próximas fechas en mi Comunidad de vecinos, se vence el plazo del año, por lo que se tiene que celebrar Junta Ordinaria, para la celebración de votación renovación/cargos de Junta de Gobierno y vencimientos de contratos entre los que se encuentra el del Administrador.
La fecha prevista por el Administrador (ya que según indica su agenda no se lo permite) para dicha Junta Ordinaria, es muy posterior al vencimiento del año, y mi pregunta al respecto es ¿Es esto correcto? ¿Tenemos que ajustarnos únicamente a su agenda, aún cuando se pasan los plazos de contratos, siendo el suyo mismo como Administrador?. ¿Qué consecuencias nos pueda conllevar todo esto? ¿Es el Administrador el que siempre pone la fecha de las reuniones y convoca él?.
Los vecinos reiteradamente estamos solicitando al Administrador que nos facilite documentación (contratos, estatutos, facturas ... ) y nos lo niega. ¿Es esto correcto? porque aunque él tenga su custodia, los vecinos entendemos que deberíamos ser conocedores de dichas documentaciones, y no somos conocedores de ninguna documentación.
Los vecinos también estamos pidiéndole, que nos envíe documentación de las cuentas anuales con un tiempo prudencial para verlas, mi pregunta es ¿Con cuanto tiempo marca la Ley para que nos entregue en buzón las cuentas antes de la reunión de Junta Ordinaria?, y si el día de dicha Junta Ordinaria, tampoco nos quiere enseñar documentación o facturas ... etc, ¿que podemos hacer o decir?.
Gracias de antemano, saludos,